Han sido desestimadas por motivos económicos las restantes 7 solicitudes que se habían presentado
El Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo ha resulto, de momento de forma provisional, la convocatoria de subvenciones –correspondiente al ejercicio 2022- para el alquiler de viviendas por parte de jóvenes de entre 18 y 35 años residentes en la ciudad (incluidos extranjeros) que tengan un contrato de arrendamiento inferior a 400€ al mes, que estén al día de los pagos y que cuenten con ciertos ingresos económicos en función del número de miembros de la unidad familiar.
Respecto al ejercicio anterior, se ha producido una sustancial reducción tanto de solicitudes presentadas como de ayudas concedidas. En lo que se refiere al número total de solicitudes, frente a las 19 del ejercicio 2021, en esta ocasión se han presentado 9, de las cuales sólo han sido admitidas por el momento 2 (frente a las 5 del año pasado, o a las 12 del anterior).
Todas las exclusiones son debidas a motivos económicos (en uno de los casos, también por no acreditar una antigüedad de un año residiendo en Ciudad Rodrigo): 5 de los casos, por no llegar a un mínimo de ingresos que asegure pagar el alquiler (en concreto, 0,70 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples del año 2021, es decir, 5.536,02€); y los otros dos por superar ciertas cifras de ingresos en función del número de residentes en la vivienda.
Respecto a las dos únicas solicitudes admitidas, se les han concedido 1.008€ y 1.188€ respectivamente. Esas cantidades dependen del coste del alquiler mensual, cubriendo la ayuda el 30% del importe, con un máximo de 100€ al mes (por lo tanto el máximo posible son 1.200€). Al haberse repartido únicamente 2.196€, han sobrado 12.804€ de la partida que había preparada (15.000€).
Los listados de solicitudes admitidas y excluidas por el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo se pueden consultar en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consistorio (https://ciudadrodrigo.sedelectronica.es/board). En el caso de los excluidos, tienen la oportunidad de presentar alegaciones durante diez días hábiles.