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Entra en vigor el nuevo Reglamento regulador del Carnaval del Toro
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Entra en vigor el nuevo Reglamento regulador del Carnaval del Toro

Actualizado 17/01/2017
David Rodríguez

CIUDAD RODRIGO | El nuevo Reglamento tiene 29 páginas, el doble que el anterior, que constaba de 14

Desde la jornada del martes, el Carnaval del Toro de Ciudad Rodrigo tiene un nuevo Reglamento Regulador, tras la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del texto aprobado de forma definitiva el pasado mes de diciembre en el Salón de Plenos del Ayuntamiento. Previamente a ello, hubo una aprobación inicial a la que siguió un período de exposición pública en el cual se pudieron presentar alegaciones.

El Reglamento (se puede encontrar aquí: https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/opencms/opencms/sede/herramientaBOP/documentos/2017/BOP-SA-20170117-011.pdf) no presenta grandes cambios respecto a la versión anterior, que entró en vigor en el año 2010, pero sí tiene una nueva y más profusa redacción de la práctica totalidad del mismo, empezando por incluir un índice de sus contenidos, lo que le hace crecer de las 14 a las 29 páginas.

Dejando a un lado la redacción, las principales novedades de este Reglamento están en la inclusión de algunos aspectos que ya se venían dando en el Carnaval. Por ejemplo, el texto pasa a recoger que son 6 los toros que participarán en los encierros de Domingo, Lunes y Martes de Carnaval, y no 7 como recogía el anterior texto, elaborado cuando todavía se contba con ese número de astados cada día.

Asimismo, se recoge que las capeas matinales comenzarán a la conclusión del encierro de cada día, abandonando la referencia de una hora fija que tenían hasta ahora (las 12.00 horas). En torno a los eventos de la tarde, se deja especificado por escrito que las capeas de ese tramo horario podrán presenciarlas aquellos que hayan hecho el donativo para acceder a los festivales y novilladas que se celebrarán previamente.

Junto a otras actualizaciones para adaptarlo a la legislación vigente (por ejemplo en lo relativo al delegado de la autoridad), el Reglamento también pasa a incluir un evento como es el Toro del Antruejo, o la figura del Coordinador de Personal e Instalaciones de la Organización, especificándose sus funciones.

Como otros aspectos novedosos, el nuevo texto desglosa con mayor detalle las infracciones en torno al Carnaval (maltratar a las reses, recortarlas, entorpecer la labor de los pastores o arrojar vasos y botellas, entre otros muchos conceptos), y por primera vez, aparece la cuantía de las sanciones que se podrían imponer por la comisión de esas infracciones, de hasta 3.000?.

Así es el Reglamento

Tras hacer referencias a la historia e importancia del Carnaval, lo que es el Reglamento en sí se abre con la parte dedicada a "mantener la configuración y estructura de los espectáculos conforme a su desarrollo tradicional, a garantizar la integridad física de participantes, espectadores y del resto de personas, y a garantizar la ausencia de maltrato a las reses". Asimismo, se exponen las definiciones y singularidades del Carnaval (se define desde qué es encierro urbano a qué es el Reloj Suelto).

En el segundo capítulo, se describe la tipología de los festejos taurinos, distinguiendo los tradicionales del resto de festejos populares que pueden ser "suprimidos de la programación", al no venir de "tiempos inmemoriales" (las capeas nocturnas o el Toro del Antruejo). En este apartado, se repasa la programación de los festejos con los que cuenta ahora mismo el Carnaval.

En los siguientes capítulos, se describen los órganos de seguridad y el personal de control, y las normas de desarrollo organizativo del Carnaval (por ejemplo se describen los toques de la campana del Ayuntamiento).

El Reglamento continúa hablando de los participantes voluntarios activos y pasivos de los eventos, de las prohibiciones de participación y de sus derechos y obligaciones. En este apartado, se describen los elementos de protección, así como aquellos que no son considerados de defensa y refugio de los participantes.

En los capítulos finales, se habla de los servicios médicos-quirúrgicos y veterinarios, y del tipo de sanciones y las cuantías que se podrían imponer.

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