La necesidad de armonizar, de forma coherente, el número de animales para considerar un núcleo zoológico ha sido uno de los puntos más destacados por cazadores y rehaleros
La RFEC y ARRECAL han participado activamente en la reunión de presentación del borrador del proyecto de Real Decreto por el que se establecen normas básicas de ordenación de los núcleos zoológicos, organizada por el Ministerio de Agricultura el pasado 28 de enero.
Durante el encuentro, ambas entidades han insistido al MAPA sobre la necesidad de elaborar una normativa adaptada a la realidad del mundo rural, evitando que las disposiciones supongan, en la práctica, un ataque directo al sostenimiento de la caza como actividad reglada.
Desde la RFEC y ARRECAL se informó a la Administración que los cazadores muy posiblemente representan al mayor número de propietarios de núcleos zoológicos (rehalas, perreras deportivas, granjas cinegéticas, instalaciones para hurones, cetreros y silvestristas) y, por tanto, sus consideraciones para una mejora legislativa y burocrática de núcleos zoológicos y de las responsabilidades de sus propietarios ?siempre desde las garantías de sanidad y bienestar animal-, deberían tener un peso ponderado muy significativo en la redacción de ésta y otras futuras normas.
En la reunión estuvieron presentes representantes del MAPA, comunidades autónomas, SEPRONA, y otros agentes implicados, como la Organización Colegial Veterinaria Española, la Confederación Empresarial Veterinaria Española, Veterindustria, la Asociación Española de Fabricantes Alimentos de Animales de Compañía, la Real Sociedad Canina Española o WWF-ADENA, entre otros.
Propuestas del sector cinegético
La dinámica del encuentro consistió en la justificación de la necesidad de esta nueva ordenación zootécnicosanitaria y en la presentación del borrador inicial del texto, al que se le perfilaron comentarios desde las administraciones autonómicas y los sectores implicados.
Desde la RFEC y ARRECAL, de forma coordinada con las Federaciones Autonómicas, se han expuesto enmiendas que benefician a todos los sectores implicados y no sólo al cinegético, como la simplificación del libro de registro, para evitar duplicidad con otros registros oficiales existentes, o la unificación de la formación necesaria para manipular animales junto a los procedimientos de limpieza e instalaciones y transportes.
De igual forma, se ha insistido en que no exista una discriminación negativa entre tenencia y responsabilidades de los perros de caza y los perros de compañía, e incluso, que se dispongan excepciones como las planteadas a los perros de guarda de ganado como animales de trabajo en el medio rural, así como permitir la excepción de la cesión controlada de animales sin ánimo de lucro, para poder mantener valores genealógicos incuestionables de razas autóctonas o líneas de selección.
Definición en todo el territorio nacional de 'núcleo zoológico' y 'rehala'
Tanto la RFEC como ARRECAL han señalado la necesidad de armonizar de forma coherente la definición de "núcleo zoológico" (es decir, a partir de qué número de animales agrupados se debe autorizar, registrar y cumplir la normativa como núcleo zoológico), pues afecta de forma directa a la tenencia de cientos de miles de propietarios de animales compañeros de caza (perros, hurones, aves de cetrería, fringílidos?) y a la gestión de otros tipos de instalaciones vinculadas, como granjas cinegéticas o las propias ferias de caza.
En concreto, para las rehalas es fundamental contar con una definición armonizada en todo el Estado (no sólo para la instalación, sino para su transporte), junto a una disminución de las distancias a núcleos de población de las normativas autonómicas (en muchas se exige la misma distancia para una explotación porcina de 2.000 cerdos que para una perrera de 20 canes, cuando la molestia, insalubridad o nocividad de la actividad es incomparable, y además, la cercanía al municipio facilita el acceso a la red de agua o luz, para limpieza y desinfección, y la disminución de robos en las perreras).
Para la RFEC y ARRECAL la nueva normativa sobre núcleos zoológicos debe favorecer la continuidad de la innegable función social de la actividad cinegética, tanto en el control poblacional de especies silvestres -con el objetivo de disminuir accidentes de tráfico, minimizar daños agrarios, mitigar daños ecológicos de la cubierta vegetal y avanzar en la prevención, lucha y control de enfermedades animales-, como en la generación y diversificación de rentas, fijación de población y contribución al bienestar y desarrollo del mundo rural.
Desde ambas entidades se confía en el talante técnico, conciliador y dialogante en base a la dinámica de trabajo cooperativo del MAPA con la RFEC y ARRECAL, al igual que en otros proyectos normativos recientes para minimizar las problemáticas expuestas.