CCOO denuncia seis meses de retraso respecto al resto del Estado y exige su aplicación a toda la plantilla sin exclusiones por puestos o turnos
La sección estatal de Instituciones Penitenciarias de Comisiones Obreras (CCOO) ha exigido a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias que desbloquee la aplicación de la jornada laboral de 35 horas semanales. Esta demora afecta de forma directa a los trabajadores del Centro Penitenciario de Topas, que continúan a la espera de que se haga efectiva la reducción de su tiempo de trabajo.
Según denuncia la organización sindical, ya han transcurrido seis meses desde que la Secretaría de Estado de Función Pública aprobó esta medida para el personal de la Administración General del Estado (AGE). Sin embargo, su adaptación sigue pendiente en el ámbito penitenciario, donde la actividad es ininterrumpida tanto de día como de noche, entre semana y durante los días festivos.
Desde el sindicato señalan que el retraso en la implantación de las 35 horas está provocando incertidumbre entre el personal del centro salmantino. Por ello, reclaman que este derecho reconocido para el conjunto de la administración estatal se aplique de manera efectiva y en condiciones de igualdad para toda la plantilla.
Para CCOO, el reconocimiento de esta reducción horaria no es objeto de debate, sino un derecho cuya aplicación debe garantizarse a todos los empleados públicos con independencia de sus funciones. El sindicato matiza que la negociación debe centrarse únicamente en la fórmula para distribuir la jornada y adaptar los cuadrantes y turnos a la cobertura permanente que exigen las prisiones.
En este sentido, la organización sindical advierte de que no aceptará acuerdos que impliquen una aplicación desigual o que dejen fuera a parte del personal de la prisión salmantina. Sus principales reivindicaciones para el Centro Penitenciario de Topas se resumen en los siguientes puntos:
El sindicato insiste en que la negociación sobre la organización de los horarios no puede utilizarse como una vía para limitar un derecho ya aprobado, y concluye que los empleados del centro salmantino no pueden convertirse en una excepción dentro de la Administración General del Estado.