La procesada remitió fotografías y un vídeo de la niña de 11 años por Instagram pensando que el destinatario era el futbolista Cristiano Ronaldo. Además de la pena privativa de libertad, cuya suspensión cuenta con el aval de las acusaciones, pierde la patria potestad durante seis años y deberá abonar 17.000 euros de indemnización.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a una mujer a dos años de prisión como autora responsable de un delito de corrupción de menores. La procesada reconoció haber tomado fotografías y un vídeo de carácter íntimo a su hija para enviarlos posteriormente a través de una red social.
La sentencia, fechada el 28 de octubre de 2026, se ha dictado tras alcanzar las partes un acuerdo de conformidad previo a la celebración del juicio oral. Esta circunstancia hizo innecesario el desarrollo de la vista tras ratificar la acusada los hechos y las penas solicitadas por el Ministerio Fiscal y la acusación particular.
Según recoge la resolución en sus hechos probados, la mujer utilizó su teléfono móvil en mayo de 2025 para realizar varias fotografías y un vídeo a su hija, que entonces tenía 11 años de edad. En las imágenes tomadas por la progenitora aparecía la menor desnuda y mostrando sus genitales.
Posteriormente, la condenada envió este material, junto a otros archivos en los que aparecía ella misma, a través de la red social Instagram. Los mensajes fueron remitidos al perfil "cristiano_ronaldooo_siuuuu", bajo la creencia de que pertenecía al futbolista Cristiano Ronaldo, aunque en realidad la cuenta había sido abierta por otra menor conocida de su hija.
Antes del acuerdo alcanzado en la sala de vistas, la Fiscalía solicitaba inicialmente siete años de cárcel y la acusación particular elevaba la petición a nueve años de prisión. La rebaja de la condena a dos años se produce al aplicar la atenuante muy cualificada de anomalía psíquica, dado que la procesada padecía en el momento de los hechos un síndrome ansioso depresivo reactivo y un diagnóstico de discapacidad intelectual límite que afectaban a sus capacidades.
Además de la pena privativa de libertad y la imposición de las costas procesales, el fallo judicial establece las siguientes medidas y prohibiciones para la condenada:
Durante la comparecencia, la defensa solicitó al tribunal la suspensión de la ejecución de la pena de prisión al concurrir los requisitos legales y encontrarse la mujer trabajando en la actualidad, pidiendo compatibilizar su empleo con el curso formativo. Tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular mostraron su conformidad con la suspensión, condicionada a que la condenada no vuelva a delinquir en el plazo de dos años y realice con aprovechamiento el programa de educación sexual.
La resolución dictada por el tribunal salmantino no es firme. Contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 10 días ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.