La normativa obliga a realizar inspecciones periódicas cada cinco o diez años según el tipo de instalación
La Consejería de Industria promueve una campaña informativa para recordar la importancia de mantener los equipos de extinción en perfecto estado de funcionamiento. La iniciativa coincide con la entrada en vigor del nuevo marco normativo que regula las exigencias de seguridad en los establecimientos de uso industrial de la comunidad.
La Junta de Castilla y León ha lanzado una campaña de concienciación bajo el lema "¿Está preparado tu sistema de protección contra incendios?". A través de esta iniciativa, la Administración autonómica recuerda a los titulares de los establecimientos la necesidad de verificar periódicamente elementos esenciales como los extintores, que deben estar siempre accesibles, señalizados y en buen estado.
Esta campaña se enmarca en la difusión del Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, que aprueba el nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (RSCIEI). Este texto legal sustituye a la normativa vigente desde 2004 para adaptar las exigencias técnicas a las nuevas soluciones constructivas y al marco normativo europeo.
El objetivo principal de la reforma es garantizar un grado suficiente de seguridad en caso de siniestro. Con ello se busca prevenir la aparición de fuegos, limitar su propagación y facilitar las tareas de extinción, minimizando los posibles daños a personas, bienes y medio ambiente.
El nuevo reglamento es de aplicación obligatoria para todos los nuevos establecimientos industriales que se construyan o implanten a partir de su entrada en vigor. Las instalaciones que ya estuvieran operativas con anterioridad no tendrán que adaptarse de forma obligatoria, salvo en situaciones muy concretas.
La adaptación sí será obligatoria si se realizan ampliaciones o reformas que incrementen la superficie o el nivel de riesgo intrínseco del sector de incendio. También se exigirá en caso de un cambio de actividad que altere las condiciones del proyecto original con el que se registró el establecimiento.
Los titulares de las industrias son los responsables directos de asegurar que las instalaciones se utilicen y mantengan adecuadamente. Los equipos de protección activa, como sistemas de alarma o extintores, deben someterse al programa de mantenimiento del fabricante y a las operaciones mínimas que marca la ley.
Las actas de estas revisiones, firmadas por personal cualificado, deben conservarse y estar a disposición de la Administración durante un plazo mínimo de cinco años. Asimismo, los ocupantes habituales del edificio deben conocer las vías de evacuación y el funcionamiento de los sistemas de seguridad.
El calendario de inspecciones varía en función de la actividad y el tipo de edificio. Para los establecimientos industriales regulados por el nuevo real decreto, los titulares deben solicitar una inspección a un organismo de control habilitado al menos cada cinco años.
Quedan exceptuados de estas inspecciones periódicas aquellos establecimientos industriales con una superficie inferior o igual a 120 metros cuadrados, siempre que su densidad de carga de fuego ponderada y corregida no supere los 42 MJ/m².
Para aquellas instalaciones de protección activa que no estén reguladas por una normativa específica, como los edificios de viviendas o comercios medianos, la inspección obligatoria se deberá realizar cada diez años a través de un organismo de control acreditado.
La normativa estatal establece una serie de excepciones para la inspección decenal, siempre y cuando no existan en el inmueble zonas clasificadas como de riesgo especial alto. Los casos exentos son los siguientes: