La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades publica una Orden que favorece la acogida de mujeres jóvenes tuteladas embarazadas o con hijos y la adopción de niños de más de diez años, así como la acogida de menores que necesitan apoyos especiales
La promoción del acogimiento familiar es una prioridad para la Junta de Castilla y León. Para favorecer que los menores tutelados por la Comunidad puedan instalarse en un hogar, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ha publicado hoy en el Boletín Oficial de la Comunidad una Orden que mejora los apoyos económicos a las familias acogedoras. El texto amplía supuestos, situaciones y contextos de cara a cubrir todas las necesidades de las personas que decidan ayudar a los niños, y que entronca directamente con la preferencia del Ejecutivo autonómico de que vivan en un domicilio particular —si es posible, de su entorno— frente a la alternativa de los centros residenciales.El texto amplía supuestos, situaciones y contextos de cara a cubrir todas las necesidades de las personas que decidan ayudar a los niños, y que entronca directamente con la preferencia del Ejecutivo autonómico de que vivan en un domicilio particular —si es posible, de su entorno— frente a la alternativa de los centros residenciales.
Las grandes novedades se sitúan en los supuestos en los que pueden reconocerse compensaciones económicas, introduciendo nuevas situaciones y ampliando otras. Por ejemplo, se hace hincapié en la franja cercana a la mayoría de edad, mejorando las ayudas para las familias que acojan a mujeres jóvenes embarazadas que se encuentren tuteladas, de estas con sus hijos o de menores preparando la transición a la vida adulta.
El texto impulsa de manera decidida la figura de la adopción, donde se introducen modificaciones, en aras de ofrecer esta alternativa a niños de más edad. Así, se establecen ayudas para las familias de guarda cuyo fin último sea la adopción del menor, siempre y cuando éste presente características especiales o tenga más de diez años.
Además, la Orden extiende las compensaciones dentro de algunos supuestos previamente recogidos, como es el caso del reconocimiento del acogimiento especializado —reservado a niños que necesitan un especial apoyo por tener alguna discapacidad, problemas de salud o de conducta— dentro de la familia del menor, una medida que permite continuar profundizando en esta prioridad del entorno del menor. Y, en este tipo de acogimiento, se establecen ayudas para familias con dedicación exclusiva.
El nuevo texto incluye, precisamente, las ayudas a las propias familias de estos niños o adolescentes, con el objetivo de que, aunque no convivan con sus padres biológicos por diferentes causas, sí puedan seguir haciéndolo en su propio entorno, bajo la tutela de otro familiar. De este modo, se pone el acento en apoyar el esfuerzo que hacen otros familiares —abuelos, tíos…— por mantener a estos niños.
Siguiendo esta misma línea, estas compensaciones también se mejoran para los padres biológicos. Si bien ya existían, ahora se extienden al alojamiento y la manutención derivados de las visitas, con el objetivo de que puedan mantener el contacto con sus hijos con las miras puestas en una futura reunificación. Unas ayudas que podrán continuar más allá del cumplimiento de la mayoría de edad, para que se pueda mantener esa convivencia. El objetivo prioritario de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades es, si no es posible que padres e hijos convivan, trabajar y allanar el terreno para que pueda suceder en un futuro, cuando se den las condiciones.
Por primera vez, la Orden sufraga lo relativo a las medidas acordadas en relación con la legislación reguladora de la responsabilidad penal de los menores y, también, las estancias temporales. En este caso, se trata de salidas de fin de semana o vacaciones con otras familias o entidades, lo cual facilita el descanso de los acogedores, pero también ofrece experiencias familiares a aquellos menores que residen en centros de la Junta de Castilla y León.