La nueva norma crea tres grupos de animales: los que se pueden tener sin problemas, los expresamente prohibidos y los que entrarán en una categoría u otra cuando se publiquen los listados de animales silvestres autorizados
La nueva Ley de Bienestar Animal ha creado tres grupos de animales. Los que identifica como animales de compañía y puedes tener en casa sin problemas, que son perros, gastos y hurones. Los que claramente no se pueden tener y los que entrarán en una categoría o la otra cuando se publiquen unas listas que pueden demorarse.
El 29 de septiembre de 2023 entró en vigor la Ley de Bienestar Animal. Desde ese momento, en lo que respecta a la posesión de mascotas, se dan tres situaciones posibles, tal y como explica la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU):
Estos son los animales prohibidos:
Reptiles que pesen más de 2 kilos en la edad adulta, con excepción de los quelonios (tortugas).
Primates (monos y simios).
Cualquier otra especie cuya tenencia en cautividad se prohíba por una normativa sectorial a nivel estatal o comunitario (en el Catálogo español de especies exóticas invasoras, por ejemplo, figura el cerdo vietnamita).
¿Qué debes hacer con ellos?
Si tienes en casa un animal de alguna de estas especies, estás obligado a comunicarlo a las autoridades competentes antes del 29 de marzo de 2024 (hay un plazo de 6 meses a contar desde el 29 de septiembre).
Te recomendamos que te pongas en contacto con tu veterinario de forma que juntos podáis realizar el proceso para evitar, en la medida de lo posible, sufrimiento al animal.
Las autoridades entregarán estos animales a centros de protección de animales o zoológicos.