Conducir con poca o demasiada ropa, con chanclas, sacar el brazo por la ventanilla, comer mientras conduces, caminar por el lado derecho de una carretera o por un carril bicil... la OCU recuerda 10 cosas por las que te pueden multar
¿Sabías que pueden ponerte una multa por beber mientras conduces, sacar el brazo por la ventanilla o conducir con chanclas? El Código de Circulación considera que son comportamientos peligrosos para la seguridad vial y te pueden sancionar por ellos.
Hay algunas cosas que tal vez estés haciendo sin saber que también te pueden acarrear una sanción, ya que pueden suponer algún peligro. Descubre cuáles son esos comportamientos para que no los cometas.
10 acciones que pueden acarrear sanción, según recuerda la OCU:
- Conducir con poca (o con demasiada) ropa. El Reglamento General de Circulación no define la ropa que hay que llevar, pero sí obliga a que te permita mantener una adecuada libertad de movimientos. Los agentes pueden interpretar que llevar un abrigo demasiado grueso, ir sin camiseta o conducir con chanclas pueden impedir al conductor maniobrar con seguridad y llegar a sancionar por ello. Puede suponer entre 80 y 200 euros de multa.
- Tirar objetos por la ventanilla. El Reglamento General de Circulación lo prohíbe, así como depositar objetos en la vía que puedan entorpecer la circulación, parada o estacionamiento de otros vehículos. Si tiras por la ventanilla objetos que puedan resultar peligrosos, como colillas, te puede suponer la retirada de 6 puntos y una sanción de 500 euros.
- Sujetar el móvil con la mano. Aunque no estés llamando ni usándolo, el simple hecho de sujetarlo con la mano supone hasta 200 euros de multa y 6 puntos de carnet.
- Lavar el coche en la calle. La multa depende de los ayuntamientos, pero el hecho está prohibido por el reglamento general de circulación, lo mismo que, por ejemplo, cambiar el aceite en la calle. En algunos ayuntamientos, la multa puede llegar a superar los 1000 euros en el caso de arrojar residuos peligrosos.
- Usar el claxon sin motivo justificado. La sanción por pitar sin que sea necesario advertir de un peligro podría ser de 80 euros. En el caso de usar sonidos estridentes también supone 80 euros de sanción.
- Dejar el coche aparcado en la calle muchos días. Aunque no se sanciona por ello, en muchas ordenanzas municipales existe un límite de tiempo de estacionamiento en la calle, en el que hay que cambiar el coche de sitio o cerciorarse de que se puede seguir aparcando. Se hace para que la grúa pueda retirar los coches legalmente y sancionarlos cuando hay que despejar esa zona de coches por una mudanza, una obra... Por ejemplo, el plazo en el ayuntamiento de Madrid es de 5 días hábiles, salvo que haya un cambio de señales u ordenación por el que el coche ha quedado mal aparcado, que se reduce a 2 días.
- Comer o beber mientras conduces. Si comes o bebes mientras conduces, se podría interpretar que este hecho impide mantener la atención permanente a la conducción, que es sancionable. Te pueden multar con 80 euros.
- Conducir con una mano o con el brazo en la ventanilla. Se puede interpretar como que no mantienes la posición de conducción adecuada, con ambas manos en el volante. Es sancionable con 80 euros.
- Circular por el carril izquierdo o central si el derecho está libre. En autovías y autopistas, este hecho reduce la capacidad de la vía y propicia maniobras peligrosas, por lo que está sancionado con 200 euros.
- Cruzar fuera de pasos de peatones, caminar por autovías… Los peatones también pueden ser multados. Por ejemplo, caminar por el arcén de una autovía o por el lado derecho de una carretera les pueden suponer una sanción de 80 euros, mientras que otros aún más graves, como cruzar con un semáforo en rojo o caminar por un carril bici pueden suponer 200 euros.