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El PP presenta recurso de reposición ante el TSJCyL por el archivo del recurso contra la validez del voto de Ciudadanos en Vitigudino
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LA TOMA DE POSESIÓN DE LA NUEVA CORPORACIÓN SERÁ EL 7 DE JULIO

El PP presenta recurso de reposición ante el TSJCyL por el archivo del recurso contra la validez del voto de Ciudadanos en Vitigudino

Actualizado 05/07/2023 11:44
Miguel Corral

Pide a la sala de Contencioso-Administrativo que admita el recurso contencioso electoral y acuerde “continuar con el procedimiento” al asegurar que el comunicado del procedimiento fue a la carpeta Spam de su correo electrónico y desconocían el plazo para nombrar representación procesal

El PP de Salamanca ha presentado recurso de reposición, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, por el archivo del recurso presentado por los populares contra la decisión de la Junta Electoral Central de dar por válido un voto a la candidatura de Ciudadanos al Ayuntamiento de Vitigudino, sufragio que en un principio fue declarado nulo por la mesa electoral el 28 de mayo.

Como informó ayer LAS ARRIBES AL DIA, la TSJCyL decidió el archivo del recurso debido a que el PP no había designado representación procesal (procurador y abogado) para la defensa del recurso, un hecho que el PP justifica en dos cuestiones, la primera en que la Junta Electoral de Zona no envió acuse de recibo de la tramitación del recurso ante el TSJCyL, y la segunda, que la comunicación del TSJCyL solicitando la representación procesal, mediante correo electrónico, pasó inadvertida para el PP al haberse recibido en la carpeta Spam, lo que impidió no tener conocimiento de este hecho.

Por ello, el procurador nombrado por el PP solicita que una vez presentado el recurso de reposición en tiempo y forma, “acuerde la admisión del recurso contencioso electoral y acuerde continuar con el procedimiento”, aunque cabe señalar que la admisión del recurso de reposición se queda ya fuera del procedimiento jurídico recogido en la Ley Electoral, entrando en otro campo judicial, pues como señala el art. 49, el fallo del TSJ “tiene carácter firme e inapelable, sin perjuicio del procedimiento de amparo ante el Tribunal Constitucional”, vía que está limitada a un supuesto caso de vulneración de derechos fundamentales.

A partir de este recurso cabe esperar si el TSJCyL decide reabrir el contencioso electoral, aunque lo que parece inamovible, según la ley electoral, es que la toma de posesión de la nueva Corporación será el cuadragésimo día tras las elecciones cuando se haya producido un contencioso electoral, como es el caso, lo que fija la fecha el 7 de julio.

Así las cosas, el acuerdo alcanzado entre PSOE y Cs con cuatro y dos concejales, respectivamente, facilitaría que el próximo viernes sea investido como nuevo alcalde el socialista Javier Muñiz al sumar mayoría absoluta. Por otro lado, el PP pasaría a la oposición con cuatro concejales. En cuanto al concejal obtenido por Vox, queda por conocer en los próximos meses qué posición adoptaría en la Corporación.