Salamanca ya ha realizado el sorteo para conocer a las personas que formarán parte de las 170 mesas electorales que se conformarán para las elecciones generales del 23 de julio. Unas elecciones que se celebran pro primera vez en verano tras el adelanto electoral realizado por Pedro Sánchez después del resultado electoral de las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo.
Sin embargo, tras la entrega de notificaciones, comienza el plazo para presentar ante la junta electoral las diferentes alegaciones para librarse de la misma. Te contamos cuáles son algunas de ellas.
Debido a que se celebran en verano y muchas personas ya tenían contratado un viaje o la reserva en algún lugar, la Junta Electoral ha sido clara: te puedes librar si cumples una serie de requisitos:
- Si realizaste la reserva de billetes o alojamiento antes de la convocatoria de elecciones (es decir, antes del 30 de mayo)
- Que la reserva ya haya sido pagada y no se pueda cambiar (si no está pagada debes acudir a la mesa ya que no será un perjuicio económico)
- La persona deberá acreditar documentalmente que las tenía pagadas, así como el perjuicio económico o trastorno grave alegados
Otros motivos presentes en todas las elecciones.
- Ser mayo de 65 años y/o carecer de estudios. Cabe destacar que todos ellos deben saber leer y escribir y el presidente ha de tener título de Bachiller o FP de segundo grado, o si no, Graduado Escolar
- Encontrarse en una situación de discapacidad
- Estar en un periodo de incapacidad temporal en el trabajo
- Gestación a partir de los 6 meses de embarazo
- Estar preso o en un centro psiquiátrico
- Ser víctima de delito con orden de alejamiento
- Padecer una enfermedad física o psíquica
- Pensionista de incapacidad permanente total para una determinada profesión
- Ser persona de riesgo durante el embarazo
- Tener prevista una intervención quirúrgica o pruebas clínicas relevantes el día de las elecciones
- Formar parte de determinadas confesiones o comunidades religiosas (régimen de clausura)
- Cambio de residencia habitual a otra comunidad
- Madres en periodo de lactancia, eso sí, solo hasta que el bebé cumpla 9 meses
- Estar al cargo de menores de 8 años o de personas con discapacidad
- Estar al cuidado de un familiar dependiente
- Tener un evento familiar de especial relevancia que no se pueda aplazar
- Ser madre o padre de menores de 14 años (cuando el otro progenitor no pueda cuidarlos)
- Personas que trabajan en una junta electoral, juzgado o administración pública
- Aquellos trabajadores que ese día deban prestar servicios esenciales a la comunidad, como médicos, bomberos…
- Ser máximo responsable de un medio de información, ya que pueden estar cubriendo la jornada electoral
- Profesionales que deban participar en acontecimientos públicos a celebrar el día de la votación