, 22 de diciembre de 2024
Volver Salamanca RTV al Día
Documentos, información y consejos para hacer la declaración de la renta por teléfono
X
A TENER EN CUENTA

Documentos, información y consejos para hacer la declaración de la renta por teléfono

Actualizado 03/05/2023 15:52
Redacción

Para poder desarrollar en condiciones el borrador, es necesario conocer algunos datos y que no surjan problemas

Para poder ahcer la Declaración de la Renta vía telefónica, acción que puede hacerse desde mañana, día 5 de mayo, es necesario pedir cita (ya se peude solicitar desde el pasado día 3). Para poder desarrollar en condiciones el borrador, es necesario conocer algunos datos y que no surjan problemas.

Números a los que hay que llamar

La Agencia Tributaria facilita a los usuarios diferentes números de teléfono para desarrollar esta acción y solicitar la cita. Los números de teléfono son los siguientes: 91 535 73 26, el 901 12 12 24 , el 91 553 00 71 o el 901 22 33 44.

Documentación necesaria

Una vez solicita la cita, el día que nos toque es necesario tener disponibles y conocer una serie de datos para una mayor rapidez y facilitad a la hora del trámite: documentación referida a la situación personal del contribuyente, documentación del examen de los datos fiscales a los que se puede acceder con anterioridad a la asistencia telefónica a través del borrador. Es imprescindible que en el momento de la llamada esten presentes en la misma la persona o personas titulares.

Información

- Número del DNI

- Número IBAN de cuenta bancaria.

- Referencias catastrales de todos los inmuebles de propiedad o en los que se viva de alquiler o en otras circunstancias (Recibo del IBI).

- Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria).

- Justificante de las cantidades percibidas por seguros cancelados y que hayan sido contratados antes del 31 de diciembre de 1994.

-Justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal.

-Documentos que se indican a continuación solo para el tipo de renta o rentas que el contribuyente haya percibido durante el año 2022, siempre y cuando no se encuentren reflejados en los datos fiscales disponibles.