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El Estado hereda los bienes de una salmantina y otorga recompensa a la persona que comunicó que...
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LA ADMINISTRACIÓN, HEREDERA ABINTESTATO

El Estado hereda los bienes de una salmantina y otorga recompensa a la persona que comunicó que...

Actualizado 20/04/2021
Redacción

Lo que pecibirá, en concepto de premio, es un 10% de lo que reciba el Estado por la herencia, recompensa que se recibe por ley cuando se cumplen una serie de requisitos

La Administración General del Estado hereda los bienes de una salmantina al haber constatado que no hay herederos legítimos. Una herencia que, tal y como recoge la Resolución de la declaración administrativa de heredera abintestato a favor de la Administración General del Estado, incluye un inmueble situado en la calle del Rosario de Salamanca y algo más de 2.000 euros en varias cuentas bancarias. Además, se reconoce a la persona que comunicó a Hacienda el fallecimiento sin herederos el derecho a percibir una recompensa. En concreto, lo que percibirá, en concepto de premio, es un 10% de lo que reciba el Estado por la herencia.

No es lo habitual, pero tampoco una excepción que la Administración del Estado sea declarada heredera abintestato de los bienes de una persona cuando fallece sin haber hecho testamento y sin herederos. En el caso de esta salmantina, fallecida en 2002 en una residencia de Santa Marta de Tormes sin herederos y sin haber hecho testamento, el procedimiento se ha completado sin que hayan aparecido herederos legítimos.

Por su parte, cuando un particular, sin vínculos con la persona fallecida, informa de una herencia sin herederos, tal y como recoge el artículo 7 del Reglamento General de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Pública, debe cumplir una serie de requisitos. Así, además de remitir un escrito a la Delegación de Economía y Hacienda de la provincia en la que la persona fallecida hubiera tenido el último domicilio, debe acompañarlo de "cuantos datos posea sobre aquél y, concretamente, la justificación del fallecimiento del causante, el domicilio del mismo en tal momento, la procedencia de la sucesión intestada por concurrir alguno de los supuestos previstos en el artículo 912 del Código Civil, la relación de sus bienes y derechos, e información sobre las personas que en su caso los estuviesen disfrutando o administrando".

¿Y qué hace el Estado con las herencias que recibe?

Conforme a lo establecido por Ley: Un tercio a favor instituciones benéficas municipales, otro tercio a favor de instituciones benéficas provinciales y el último tercio a favor de la deuda pública salvo que el Consejo de Ministros determine otra aplicación.