Cuando no hay nadie más en la lista de herederos legítimos, el que hereda pasa a ser el Estado, que una vez recibida la reparte conforme a lo establecido por Ley
Hacienda busca a los herederos de una salmantina, fallecida el pasado mes de enero y residente en Villares de la Reina hasta la fecha de su fallecimiento. La herencia incluye una cuenta bancaria con un saldo de más de cien mil euros (103.016,26 euros). Si en el plazo máximo de un año no aparece nadie con derecho a la herencia, esta pasará a manos del Estado.
Cuando una persona fallece sin haber hecho testamento y sin herederos legítimos, la Administración General del Estado se hace cargo de la herencia. Es lo que se conoce como declaración de heredero abintestato.
En este caso, la Delegación Provincial de Economía y Hacienda, con fecha del pasado 3 de marzo, publicaba en el BOE (Boletín Oficial del Estado) el anuncio del acuerdo de incoación del procedimiento para la declaración administrativa de heredero abintestato. Es decir, a falta de herederos legítimos, la adjudicataria de los bienes será la Administración del Estado. Se abre asimismo un plazo de una duración máxima de un año para que si alguna persona considera que tiene derecho a la herencia pueda presentar alegaciones.
Hijos, padres, cónyuges, hermanos, sobrinos... Cuando no hay nadie más en la lista de herederos legítimos, el que hereda pasa a ser el Estado, que una vez recibida la reparte conforme a lo establecido por Ley: Un tercio a favor instituciones benéficas municipales, otro tercio a favor de instituciones benéficas provinciales y el último tercio a favor de la deuda pública salvo que el Consejo de Ministros determine otra aplicación.