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España y Portugal restablecen los controles en su frontera terrestre a partir de esta madrugada
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El paso de Fuentes de Oñoro estará disponible las 24 horas del día

España y Portugal restablecen los controles en su frontera terrestre a partir de esta madrugada

Actualizado 30/01/2021

La medida entrará en vigor a la 1:00 horas de este domingo 31 de enero y se mantendrá hasta la 1:00 horas del 10 de febrero

España y Portugal han decidido de manera coordinada reintroducir temporalmente los controles en la frontera interior terrestre entre ambos países a partir de esta madrugada, una medida que tiene como objetivo hacer frente a la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

La reintroducción de estos controles se establece en una orden firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado. El texto señala que esta medida entrará en vigor a la 1:00 horas de este domingo 31 de enero y se mantendrá hasta la 1:00 horas del 10 de febrero.

La orden establece que, a partir de la 1:00 horas de esta próxima madrugada, sólo se permitirá la entrada a territorio español a las siguientes personas:

a) Ciudadanos españoles y su cónyuge o pareja con la que mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, y aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con éste.

b) Residentes en España, que deberán acreditar su residencia habitual, así como los estudiantes que cursen sus estudios en España.

c) Residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia habitual, debidamente acreditado.

d) Quienes vayan a transitar o permanecer en el territorio español por cualquier motivo exclusivamente laboral, siempre que se acredite documentalmente. Esta categoría incluirá, entre otros, a los trabajadores transfronterizos, trabajadores sanitarios y del transporte.

e) Aquellas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad, o por motivos humanitarios.

f) El personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones oficiales, así como los participantes en viajes de Estado y los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Fuerzas Armadas para ejercer sus funciones.

PASOS AUTORIZADOS

La orden firmada por el ministro del Interior añade que "las entradas y salidas del territorio español a través de la frontera interior terrestre con Portugal sólo podrá realizarse por los pasos autorizados y durante los horarios que se establezcan".

Estos pasos autorizados, establecidos de común acuerdo con las autoridades portuguesas, son los siguientes:

- Pasos abiertos las 24 horas del día, todos los días.

Tuy ? Valença, Galicia / Pontevedra

Verín - Vila Verde da Raia, Galicia / Ourense

Alcañices ? Quintanilha, Castilla León / Zamora

Fuentes de Oñoro - Vilar Formoso, Castilla León / Salamanca

Valencia de Alcántara - Marvão, Extremadura / Cáceres

Badajoz - Elvas, Extremadura / Badajoz

Rosal de la Frontera - Vila Verde de Ficalho, Andalucía / Huelva

Ayamonte - Castro Marim, Andalucía / Huelva

- Pasos abierto de lunes a viernes de 8:00 horas a 10:00 horas, y de 19:00 a 21:00 (hora española):

Salvaterra Do Miño - Monçao, Galicia / Pontevedra

Torregamones - Miranda do Douro, Castilla León / Zamora

Vilanova del Fresno- Mourao, Extremadura / Badajoz

Encinasola - Barrancos, Andalucía / Huelva

- Paso abierto los miércoles y viernes de 11:00 a 13: horas

Zarzal la Mayor - Termas de Monfortinho, Extremadura / Cáceres

COORDINACIÓN CON LA UE

Esta reintroducción de controles interiores ha sido acordada y coordinada con las autoridades portuguesas, con las que se mantiene una comunicación constante y una estrecha relación. La decisión también ha sido comunicada a la Unión Europea y al resto de estados miembros

La medida se ha adoptado de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).