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La Junta sustituye el criterio del número de puestos de los mercadillos por una limitación de...
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Covid19

La Junta sustituye el criterio del número de puestos de los mercadillos por una limitación de...

Actualizado 08/10/2020
Redacción

Los ayuntamientos podrán aumentar la superficie del mercado o a habilitar nuevos días para el ejercicio de la actividad con el fin de garantizar la actividad de todos los vendedores

La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Salud Pública, ha introducido nuevas precisiones sobre los establecimientos de hostelería y restauración, el horario de cierre de las 01.00, sin admitir nuevos clientes desde las 00.00, no será de aplicación a los servicios de entrega a domicilio, o de recogida por parte de los clientes, cuando el establecimiento cuente con espacio habilitado para realizar los pedidos desde los vehículos de los clientes.

Las modificaciones propuestas por la Consejería de Empleo e Industria afectan, por un lado, a los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública, ferias comerciales al aire libre, mercados de ganado y entes feriales; por otro, a los centros de enseñanza acreditados por el sistema de formación profesional para el empleo.

En el caso de la venta ambulante se sustituye la limitación del número de puestos, por una limitación de aforos que garantice la distancia de seguridad interpersonal entre clientes y entre puestos. Paralelamente - con el fin de compensar la reducción de aforos- se faculta a los ayuntamientos a aumentar la superficie del mercado o a habilitar nuevos días para el ejercicio de la actividad. Por último, se refuerzan las medidas de seguridad e higiene, intensificando la limpieza y desinfección y la disponibilidad de geles hidroalcohólicos en todos los puestos. Este cambio - solicitado por los empresarios del sector- pretende garantizar que todos los vendedores tengan la posibilidad de realizar su actividad comercial.

Por otro lado, se excluyen las limitaciones de aforo en los centros de enseñanza acreditados por el sistema de formación profesional para el empleo, dado que la normativa de aplicación de estos centros establece una ratio máxima de 15 alumnos por aula y se establece el uso obligatorio de mascarilla en todas las instalaciones, así como el mantenimiento de las distancias de seguridad de 1,5 metros.