Indica que los participantes habrán de adoptar las pertinentes medidas de protección
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha estimado los recursos interpuestos por el partido político VOX y ha declarado nulas las resoluciones de las subdelegaciones del Gobierno en Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora que prohibían las manifestaciones convocadas en forma de caravana, con vehículos cerrados particulares y motocicletas o bicicletas, para el próximo día 23 de mayo en cada una de estas ciudades.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ, con sede en Valladolid, ha reconocido además el derecho del partido político a llevar a cabo dichas manifestaciones, según informan fuentes de dicho tribunal a través de un comunicado recogido por Europa Press.
El TSJCyL entiende que el derecho fundamental de manifestación, reconocido en el art. 21 de la Constitución, no está suspendido por el Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma y que la situación de salud pública alegada por la Administración en el momento actual no justifica esa prohibición.
La decisión se fundamenta también en la escasa duración de las manifestaciones previstas de 12.00 a 12.30 horas, y que se van a realizar en vehículos cerrados y en motocicletas o bicicletas, cuyo uso no está prohibido por el Real Decreto de alarma.
Además, la Sala señala que en otras ciudades españolas no se han prohibido otras manifestaciones convocadas también para el día 23 de mayo por dicho partido político, y que la Junta de Castilla y León ya ha propuesto que todas las capitales de provincia de esta comunidad pasen a la Fase 1.
El Tribunal también indica que los participantes en esas manifestaciones han de adoptar las correspondientes garantías de seguridad sanitarias y, entre ellas, el uso de mascarillas, obligatorio ya en lugares públicos.