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La Junta destina 5,4 millones a ayudas al pago de alquiler durante 4 meses a personas afectadas...
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La Junta destina 5,4 millones a ayudas al pago de alquiler durante 4 meses a personas afectadas...

Actualizado 02/05/2020

Se recibirá una ayuda de hasta cuatro mensualidades de 500 euros como máximo

La Junta de Castilla y León ha creado una nueva línea de ayudas para personas o familias arrendatarias de una vivienda en alquiler que se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica y social a causa del coronavirus y de la situación de estado de alarma en la que se subvencionarán cuatro meses de renta, con un presupuesto global de 5,4 millones de euros.

Así lo ha explicado este sábado el consejero de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, Juan Carlos Suárez-Quiñones, que ha comparecido en rueda de prensa junto a la consejera de Sanidad, Verónica Casado.

Suárez-Quiñones ha recordado que se trata de una tercera línea de ayudas, que se prevé publicar en el Bocyl el próximo jueves, 7 de mayo, dirigida a la vivienda para apoyar a las personas que se hayan podido ver afectadas por las consecuencias económicas y sociales del coronavirus.

Los destinatarios de esta nueva línea de ayudas pueden ser personas arrendatarias que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender al pago total o parcial del alquiler, o para hacer frente a la devolución total o parcial de las ayudas transitorias de financiación aportadas por el Gobierno

La convocatoria establece una ayuda de hasta cuatro mensualidades de renta (entre abril y septiembre de 2020), hasta un máximo de 500 euros por mes, o hasta 2.000 euros en el supuesto de haber accedido a las ayudas transitorias de financiación.

Las ayudas tienen carácter finalista y no podrán aplicarse a otro destino que el pago de la renta del alquiler o la cancelación total o parcial de las ayudas transitorias de financiación reguladas en el mencionado Real Decreto-Ley 11/2020.

Para poder solicitar estas ayudas las personas arrendatarias deberán reunir dos requisitos al mismo tiempo. El primero es haber sufrido desde el pasado 14 de marzo --fecha de inicio del actual estado de alarma-- una pérdida sustancial de ingresos por desempleo, verse sujetos a un ERTE, reducción de jornada por motivos de cuidados, cese de actividad, u otras circunstancias similares.

Para determinar esa situación, se incluye una referencia de acuerdo con el Indicador Pública de Renta Mínima (IPREM), situado en 537,84 euros. Así, en términos generales, el conjunto de los ingresos de los que ahora disponga la unidad familiar no deberá superar un valor de tres veces el IPREM.

Aunque se establecen márgenes más amplios en otros casos, como cuatro veces el indicador en el caos de unidades familiares con algún miembro con discapacidad mayor o igual al 33 por ciento, dependencia o incapacidad permanente; o cinco IPREM para persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental, o discapacidad intelectual mayor o igual al 65 por ciento o enfermedad grave que incapacite a la persona o a su cuidador para realizar una actividad laboral.

Además, se establecen décimas adicionales para las familias que tengan hijos o personas mayores de 65 años a su cargo, y hasta medio punto por menor en el caso de familias monoparentales.

El segundo criterio a cumplir, junto con el anterior, es que la renta arrendaticia, más los gastos y suministros básicos (electricidad, gas, gasóleo para calefacción, agua corriente, servicios de telecomunicación fija y móvil y comunidad de propietarios) resulte igual o superior al 35 por ciento de los ingresos netos de la unidad familiar.

OTROS REQUISITOS

Los solicitantes tienen que estar al corriente de pago de la renta de las tres últimas mensualidades inmediatamente anteriores a la solicitud (desde el inicio del contrato si este tiene una vigencia inferior).

De acuerdo con la exigencia de la regulación estatal, el procedimiento de concesión de las ayudas se realizará en régimen de adjudicación directa, por lo que su otorgamiento se efectuará por orden de presentación de solicitudes, desde que el expediente de solicitud esté completo.

El plazo para presentar las solicitudes permanecerá abierto desde el día que se determine en la orden de convocatoria que se publicará el jueves día 7 de mayo en el Boletín Oficial de Castilla y León, hasta el 30 de septiembre.

Suárez-Quiñones ha destacado que esta nueva línea complementa las medidas ya aprobadas por el Gobierno autonómico para inquilinos y propietarios de viviendas promovidas por la Junta

CONDONACIÓN DE DEUDA EN VIVIENDA PROTEGIDA

Así, ha recordado que el pasado 16 de abril se aprobó en la Comunidad el Decreto-Ley por el que durante un máximo de cuatro meses se condona el 50% de la renta de alquiler de los inquilinos de viviendas propiedad de la Junta y se aplaza el pago del otro 50 por ciento, que se puede satisfacer prorrateado durante un máximo de 3 años. Asimismo, se acuerda una moratoria en el pago de las cuotas de compra para los adquirentes de viviendas propiedad de la Junta de Castilla y León durante un máximo de 4 meses, siendo las cantidades aplazadas reestructurables durante un máximo de 3 años.

También se ha ampliado el presupuesto para las ayudas ordinarias al alquiler en más de 3,4 millones de euros para proceder a rescatar a las familias que habían quedado en lista de espera tras la primera asignación de 15,3 millones de euros, con lo que las ayudas ascienden a 18.738.300 millones de euros.

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