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Los funcionarios de prisiones piden medidas contra el contagio en las cárceles
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Crisis del coronavirus

Los funcionarios de prisiones piden medidas contra el contagio en las cárceles

Actualizado 10/03/2020

Emiten un comunicado reclamando medidas que consideran imprescindibles

Los representantes sindicales ACAIP-UGT, ante la situación actual existente en relación con la transmisión del virus SARS-COV-2 (Coronavirus) solicitan y requieren la aplicación e implantación de las siguientes medidas preventivas para poder garantizar y proteger a todos l@s trabajador@s contra los riesgos relacionados con la exposición a dicho agente biológico durante el trabajo.

Así, reclaman lo siguiente:

1) Disponer en todos los módulos, oficinas y lugares de trabajo del centro, así como la Oficina de penas y medidas alternativas de dispensadores de gel con solución hidroalcoholica para la higiene de las manos.

2) Disponer en los puestos de trabajo anteriormente reseñados de pañuelos desechables y contenedores de residuos con tapa de apertura con pedal para su eliminación para la higiene respiratoria.

3) Disponer en todos los módulos y puestos de trabajo con relación directa con internos o atención a familiares de mascarillas quirúrgicas para poder entregarlas en su caso, así como mascarillas de filtración para los trabajadores que deban relacionarse con internos sospechosos o positivos, así como guantes de protección que cumplan la norma UNE.

4) Disponer de los equipos de protección individual (EPI) necesarios para determinados lugares de trabajo (Enfermería, MIT, Identificación, etc.), atendiendo a la evaluación del riesgo de exposición y poder garantizar la máxima protección. Sería recomendable utilizar EPI´S desechables y atender a la protección respiratoria, ocular, facial y corporal (mascarillas, gafas o pantalla facial, guantes y ropa de protección del uniforme).

5) Dotar al personal sanitario de termómetros sin contacto.

6) Se deberán asignar servicios con menor exposición y poder reducir riesgos a trabajador@s sanitari@s y no sanitario@s que, en función de sus características personales o estado biológico conocido, debido a patologías previas, medicación, trastornos inmunitarios, embarazo o lactancia, sean considerados especialmente sensibles a este riesgo.

7) Se deben adoptar las medidas adecuadas para que l@s trabajador@s reciban información visual precisa mediante carteles informativos, avisos o panfletos disponibles en todas las dependencias del centro y reuniones explicativas con instrucciones particulares y precisas en relación con: a. Precauciones que deberán tomar para prevenir la exposición. b. Disposiciones en materia de higiene de manos, higiene respiratoria, control de la tos, etc. c. En su caso utilización y empleo de EPI´S. d. Medidas que se deberán adoptar en caso de incidentes y para la prevención de los mismos.

8) Igualmente, es necesaria la formación e instrucción de l@s profesionales implicad@s sobre el uso correcto de EPI´S, toma de muestras clínicas (tipo de envase, formulario, etc.), procedimientos de actuación, utilización de material sanitario, eliminación de residuos, etc.

Ademas, solicitan la aplicación de las siguientes medidas de carácter regimental, motivadas en la necesidad de evitar la posibilidad de un contagio en el interior de cualquier centro penitenciario:

a. Tal como esta organización ha solicitado previamente, se debe generar un protocolo de actuación específico en Instituciones Penitenciarias diferenciado del general, que permita una actuación rápida y eficaz en estas situaciones. Este protocolo debe ser conocido por todos los trabajadores del centro en función de sus competencias y obligaciones.

b. Se deben suspender las comunicaciones que supongan un contacto directo entre internos y familiares. Esta medida ya ha sido adoptada, e incluso con más dureza al ser una suspensión total, en países de nuestro entorno como Italia y Portugal. En cuanto a las que puedan realizarse por locutorios, si se producen, exigen una limpieza después de cada turno de las dependencias utilizadas

c. Se deben suspender todo tipo de actos colectivos que reúnan un número importante de personas, que supongan el contacto entre internos de diferentes módulos o departamentos y aquellos que generen grandes movimientos en el interior de los centros.

d. Se debe suspender la recogida de dinero en efectivo en los centros, derivándolo a los sistemas automatizados.

e. Se debe realizar un control de todas aquellas personas que accedan a un centro penitenciario mediante la toma de temperatura con termómetros térmicos sin contacto, prohibiendo la entrada en caso de disponer síntomas e informándole de los pasos a seguir.

f. Se debe realizar un control de todas las salidas que realiza la población reclusa fuera del centro, así como su reingreso: permisos, salidas a diligencias, salidas hospitalarias, etc... Esta Sección Sindical de ACAIP-UGT tiene gran preocupación sobre la posibilidad del riesgo y posible transmisión y contagio del virus en el centro y por ello creemos es absolutamente imprescindible la implantación y adopción de las medidas preventivas y regimentales descritas.

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