Descripcion de las vías pecuarias . Caracteres genarles
Como hemos visto, la marcada estacionalidad climática y el carácter complementario que tienen los ciclos anuales de las montañas y de las llanuras han condicionado al desarrollo de unos sistemas ganaderos que se basan en el movimiento periódico de los animales, conocido como trashumancia, que permite una explotación óptima de los recursos existentes al distribuir alternativamente el pastoreo entre zonas de invernada y zonas de agostada.
Un sistema de estas características implica la existencia de un entramado de caminos de diferentes anchuras que recorre la Península Ibérica en dirección Norte - Sur, interconectados con otros de trazado Este - Oeste hasta formar una densa malla. En las épocas de mayor desarrollo de la ganadería, las vías pecuarias llega- ron a representar el 1% de la superficie del Estado y su longitud total alcanzaba los 125.000 kilómetros.
"Las Vías pecuarias son los bienes de dominio público des- tinados principalmente al tránsito de ganados: no son susceptibles de prescripción ni de enajenación, ni podrá alegarse para su apropiación el tiempo que hayan sido ocupados, ni legitimarse las usurpaciones de que hayan sido objeto" (artículo primero de la Ley de Vías Pecuarias).
Las vías pecuarias se denominarán, con carácter general, como sigue: Cañadas, que no podrán exceder de setenta y cinco metros de anchura; Cordeles, cuya anchura no será superior a treinta y siete coma cincuenta metros, y Veredas, que no superarán los veinte metros.
Los Abrevaderos, Descansaderos y Majadas tendrán la superficie, y las Coladas la anchura, que se determine en su clasificación, resultante de los antecedentes que existan en cada caso.
Todo ello, sin perjuicio de las denominaciones consuetudinarias" (artículo segundo del Reglamento de Vías Pecuarias).
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