Estos son los documentos, trámites y plazos a los que deben realizar las mujeres que se acogieron a estas bajas entre 2014 y 2017, con el fin de acceder a la devolución correspondiente
Después de que el Tribunal Supremo declaró exentas del pago de IRPF a las prestaciones por maternidad percibidas de la Seguridad Social, en total, de esta decisión se podrán ver beneficiadas 1,2 millones de personas a las que en los últimos cuatro años (incluidas más de 6.000 salmantinas) se les retuvo 1.300 millones de euros.
De esta forma, ahora Hacienda tendrá que devolver a las madres que hubieran tributado esta ayuda el dinero que han pagado en forma de impuestos durante este periodo de tiempo, que puede oscilar entre 1.000 y 2.600 euros por hijo nacido después de 2013.
A día de hoy muchas de las las familias afectadas desconocen cómo deben proceder para que se les reconozca este derecho estipulado en la sentencia emitida por el Alto Tribunal. Estos son los requisitos, procesos y plazos que deben tener en cuenta.
Es fundamental contar con el importe de la prestación por maternidad que hayas percibido en los datos fiscales remitidos por Hacienda, que se puede consultar al darte de alta en el sistema Clave PIN o con el DNI electrónico.
Conviene tener presente que si el hijo nació en el último trimestre del año, es posible que se cobrara la prestación en dos ejercicios distintos, por lo que se deberá solicitar la rectificación de ambos.
La OCU, además, ha elaborado una plantilla llamada 'Solicitud de rectificacion de autoliquidación y devolución prestación IRPF', disponible para descargar en Word desde su página web.