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Sacyl tendrá que pagar 100.000 euros por un retraso de diagnóstico de cáncer
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El tribunal superior de justicia de castilla y León fija una indemnización para un paciente salmantino

Sacyl tendrá que pagar 100.000 euros por un retraso de diagnóstico de cáncer

Actualizado 11/11/2016
Redacción

La sentencia obliga a la entidad aseguradora a indemnizar a los familiares de un vecino de El Payo de 77 años, fallecido en abril de 2014

La sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León condena al Sacyl y a su entidad aseguradora a indemnizar con 100.000 euros a los familiares de un paciente de 77 años por la "asistencia sanitaria deficiente" que generó en un retrado en el diagnóstico de un caso de cáncer de próstata, y que finalmente llevó a su fallecimiento en abril de 2014.

Según informa la Asociación El Defensor del Paciente, "este hombre acudió a su médico de Atención Primaria en la localidad salmantina del El Payo, dependiente del Sacyl, en marzo de 2008 y desde entonces acudió a numerosas consultas tanto al servicio de atención primaria de su localidad como al servicio de reumatología del Hospital Clínico Universitario de Salamanca". El paciente, al parecer, padecía una insuficiente renal que "se mantuvo durante un año, tiempo en el que no fue remitido ni al Servicio de Urología ni a Nefrología donde", según mantiene la asociación, "se le hubiera practicado una ecografía transrectal, un tacto rectal o la determinación del antígeno prostático "lo que hubiera llevado a diagnosticar el cáncer de próstata que padecía".

El Tribunal considera que la patología debió ser diagnosticada mucho antes, evitando el avance de la enfermedad.

La Asociación del Defensor del Paciente subraya que "lo singular de esta sentencia es la censura que hace el Tribunal a la falta de cumplimentación de la historia clínica por parte del médico de Atención Primaria ya que, a pesar de las múltiples consultas que realizó el paciente, "estas no figuran anotadas ni documentadas en la historia clínica del mismo".

El Tribunal valora el "esfuerzo probatorio del paciente intentando que aportara al expediente administrativo el historial médico y lo injustificable de la contestación de la Administración que consideró que la documentación que había "era la suficiente".

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