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Subvenciones de la Junta a clubes deportivos y sociedades anónimas
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Subvenciones de la Junta a clubes deportivos y sociedades anónimas

Actualizado 30/03/2016
Redacción

Información sobre el 'Programa Cantera 2016', convocado por el gobierno de Castilla y León

¿Quién lo puede solicitar?

Clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas que cumplan los requisitos

¿Qué requisitos debo cumplir?

a) Encontrarse inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla y León.

b) Contar con equipos disputando ligas o competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional de categoría absoluta previstas en los calendarios oficiales de las Federaciones Deportivas correspondientes.

c) Contar con equipos disputando ligas de ámbito nacional o internacional de categoría absoluta o con equipos que participen en Campeonatos de España de Nivel I previstas en los calendarios oficiales de la Federaciones Deportivas correspondientes, cuando se trate de Clubes deportivos de discapacitados.

¿Para qué es la ayuda?

a) Gastos de personal técnico necesario para la realización de la actividad deportiva.

b) Gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento de deportistas, personal técnico y árbitros o jueces necesarios para la realización de la actividad deportiva.

c) Gastos derivados de la adquisición o alquiler del material necesarios para la realización de la actividad deportiva.

d) Gastos de las licencias necesarias para la realización de la actividad deportiva.

e) Gastos de las inscripciones necesarias para la realización de la actividad deportiva.

Las actividades que resulten subvencionadas deberán haberse ejecutado en el período comprendido entre el 1 de ENERO de 2016 y el 31 de DICIEMBRE de 2016, ambos inclusive.

Cuantía

La cuantía de las subvenciones se determinará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, pudiendo alcanzar su importe el 100% de la cantidad solicitada con un límite de 100.000 ? por beneficiario

Cuando se trate de beneficiarios con la condición de empresa, no podrá ser de tal cuantía que la ayuda total de mínimis concedida durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales sea superior a 200.000 ?

El importe total de la subvención a conceder será el resultado de la suma obtenida en la valoración efectuada en cada modalidad deportiva practicada por los clubes y sociedades anónimas deportivas

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, dirigida al titular de la Consejería de Cultura y Turismo, Dirección General de Deportes. La solicitud incluirá la declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos, y estará acompañada de, original o copia compulsada, de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

a) Memoria deportiva, conforme al formulario «Memoria Deportiva».

b) En el caso de que se trate de una sociedad anónima deportiva, certificación acreditativa de que el solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo autorización a la Consejería de Cultura y Turismo para recabar de otra Administración Publica la información que estime precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos respecto al cumplimiento de estas obligaciones.

Cuando la solicitud se presente a través del Registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la documentación a la que se refiere el punto anterior se digitalizará y aportará como archivo anexo a la solicitud.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 31 de marzo de 2016 hasta el 14 de abril de 2016

Más Detalles:

15 DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.

En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 (LRJAP).

Electrónico:

Por Internet desde ésta misma página Ver requisitos técnicos.

No se admite presentación por Telefax.

Organismo:

Responsable:

Consejería de Cultura y Turismo

Dirección General de Deportes

Gestor:

Dirección General de Deportes

Que resuelve:

Consejería de Cultura y Turismo

Plazo de resolución

El plazo para resolver y publicar en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la resolución será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y publicado la resolución se podrá entender DESESTIMADA.

Notificaciones

Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificación.

En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos

Contencioso-administrativo

Reposición

Información adicional

MODIFICACION DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

El Beneficiario podrá solicitar la modificación de la resolución de concesión en el supuesto de que concurra una modificación sustancial en las condiciones de las competiciones subvencionadas y, en el caso de obtención concurrente de otras aportaciones fuera de los casos permitidos.

La solicitud podrá realizarse desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión hasta 2 meses antes de la finalización del plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas.

Las solicitudes se formalizarán en el Formulario de «Solicitud de modificación de la resolución de concesión».

Justificación

La justificación de la actividad deportiva deberá producirse hasta el día 31 de enero de 2017 inclusive.

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