"El hombre toma por verdades, las musarañas que se forman en las misteriosas cavernas der su cerebro. Mientras la realidad se rie ante sus ojos" (Angel Gavinet)
Las pensiones no son una concesión gratuita del Estado; por el contrario constituyen la devolución de los descuentos que obligatoriamente se han venido efectuando a funcionarios y a los trabajadores en una relación jurídica, contrato de depósito obligatorio presidida por la buena fe y que unilateralmente ha sido rota con fraude de ley, y con grave perjuicio económico para los afectados, mientras se dilapida el patrimonio de la nación en regalías propias de épocas que creíamos superadas o fenecidas. Por la relación funcionarial y trabajadores se creó un pacto de índole económico, que no puede ser revisado unilateralmente con prejuicio de una de las partes.
Cualquier pensión sea de la clase que sea, no puede tener el tratamiento de rentas del trabajo ni de capital, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, esto supone una vulneración desde el Estado del principio sagrado de "legalidad", además de un atentado contra la seguridad jurídica y contra el derecho de irretroactividad de las disposiciones desfavorables sobre situaciones jurídicas y económicas ya consolidadas.
Con la retención y tributación que está establecida, desde la Administración del Estado, sin razón legal objetiva, es una injustificada discriminación con respecto a otros grupos de jubilados o pensionistas, quebrando así el principio de igualdad que consagran el artículo 14 de nuestra Constitución, la declaración Universal de los Derechos Humanos de 10/12/48 y el Convenio para protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de 4 de noviembre de 1950, como garantía colectiva del derecho fundamental de las personas a no sufrir discriminaciones arbitrarias, irracionales y, en definitiva injustas, por parte de los poderes del Estado? (Después de este entrante, y dicho esto).
Hace unos días llego a mí poder un escrito, que se ha hecho circular por la red.
En resumen: El cobro de la pensión debe ser excluido del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por las siguientes razones: 1ª.- No es un rendimiento del trabajo. 2ª.- Estas pensiones actuales se fueron generando durante la vida laboral que con el cobro de los salarios mensuales- anuales, fueron sometidas ya al I.R.P.F. Es decir ya tributaron por el impuesto. 3ª.- Por lo tanto al ser sometidas en la actualidad al I.R.P.F. están siendo gravadas nuevamente por el mismo impuesto, cayendo claramente en la figura de "doble imposición", que se debe corregir haciendo que la pensión quede excluida del I.R.P.F. 4ª.- En todo caso, la pensión podría tener cabida como rendimiento de capital mobiliario, con una fiscalidad mucho menor y que va disminuyendo progresivamente de manera notable con la edad del jubilado. 5ª.- Tendría sentido esta figura toda vez que el jubilado fue acumulando ese capital a lo largo de su vida laboral y (otra vez) pagando el correspondiente I.R.P.F. para cobrar al final de ella la pensión. 6ª.- Esta figura está contemplada en la Ley y de la cual se benefician las entidades financieras privadas con el producto Renta Vitalicia Inmediata aplicada a un capital del cliente (que en nuestro caso sería el capital acumulado por nosotros durante la vida laboral) para obtener eso, una renta vitalicia inmediata (asimilable al concepto de nuestra pensión). 7ª.- Concluyendo: Nuestra pensión- NO ES UN RENDIMIENTO DEL TRABAJO y YA FUE SOMETIDA AL IMPUESTO DURANTE NUESTRA VIDA LABORAL, POR LO QUE SE HACE NECESARIO CORREGIR ESA INJUSTICIA. - La pregunta es cómo conseguirlo. El día 16 de Julio de 1988, el diario El País, se hacía eco de este tema publicando una carta al Director que recogió con el título " El IRPF y las pensiones " En las hemerotecas se puede conseguir, y en dicho artículo ya se pedía de manera justificada la exclusión de las pensiones del IRPF. Está claro que no se hizo el menor caso. Hace unos meses un comprometido jubilado, luchador, y pensionista; exponía este tema con un miembro del Partido Popular. Confirmó que nos asistía la razón, que podría facilitarle alguna entrevista, pero que ya anticipaba que tendríamos poco éxito, que nos dirían que sería inviable por ¡¡FALTA DE DINERO!! ¡Pero cómo es posible tal impostura! Pagar DOS VECES con la que está cayendo. El "Soñador"no cejo en el empeño; visito " La Unión Democrática de Pensionistas y Jubilados de España". Calle Alcalá nº 178. La entrevista fue larga; conocían el tema, lo habían tratado en varias ocasiones sin éxito. ? Otras visita fueron para, El Consejo Estatal de Personas Mayores (Vocalía de Pensiones) Defensor del Pueblo. La duda que le asalto era: ¿si a los Partidos Políticos......3, 4, 5 millones de votos les harían tener sensibilidad a esta causa justa? ¿Por qué a los jubilados, se les retiene el IRPF de la pensión? ¿No la paga el Estado? Ya pagaron el IRPF cuando trabajaban y durante más de 40 años, para tener derecho a esa pensión limpia de polvo y paja. Nos han explicado que dicha retención de IRPF no se les aplica a los cargos políticos del gobierno, parlamento, senado, etc. etc.? Todos ellos también cobran del Estado. Como jubilado, exijo que me apliquen el mismo porcentaje de IRPF que a ellos. ¿No os parece? HAGAMOS CIRCULAR ESTOS MENSAJES PORQUE LOS POLÍTICOS EMPIEZAN A ESTAR.... MUY NERVIOSOS, LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS JUEGAN EN SU CONTRA Y EL PUEBLO EMPIEZA A MOVILIZARSE.......ES EL INICIO DE UNA NUEVA REVOLUCIÓN SOCIAL Reenviarlo a vuestros amigos pensionistas. Proponemos a La Unión Democrática de Pensionistas y Jubilados de España que se formen como Plataforma y recurrir a las elecciones generales con un único fin, presionar a los partidos de gobierno apoyándoles si solucionan este problema. Somos muchos millones de votantes, y es la única forma de resolver este problema. Si casi todos somos fieles, podemos ser llave para que un partido gobierne. Amigo soñador: Dios nos ampare?! Porqué en el hemiciclo!...tarariiii? que te vi.
Fermín González- comentarista salamancartvaldia
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