La cuantía prevista para estas ayudas, 280 millones de euros, se concederá, gestionará y abonará a través de la Entidad Pública Red.es.
A partir de mañana se podrá empezar a solicitar las ayudas que el Gobierno aprobó el pasado 31 de octubre para subvencionar las adaptaciones en instalaciones de antenas colectivas derivadas del proceso de liberación del Dividendo Digital.
El periodo de solicitud de ayudas comprende las actuaciones realizadas entre junio de 2014 a junio de 2015 y las ayudas empezarán a desembolsarse a partir del 1 de enero de 2015 cuando entran en vigor los Presupuestos Generales del Estado para 2015.
La ayuda, que se podrá solicitar una vez realizada la adaptación a través de la plataforma on line de Red.es disponible en https://ayudas.televisiondigital.gob.es, tal y como indica la convocatoria publicada hoy en el BOE que regula estas subvenciones.
Quién puede beneficiarse de estas ayudas
Pueden solicitar estas ayudas las Comunidades de Propietarios sujetas al régimen de propiedad horizontal, que cuenten en sus edificios con instalaciones de antenas colectivas de recepción de televisión con centralita programable o amplificadores monocanal.
La adaptación no requiere acceder al tejado para actuar sobre la antena, sino que se actúa sobre los equipos amplificadores de señales ubicados en general en el cuarto de ascensores u otro recinto bajo la cubierta de los edificios.
Únicamente podrá solicitarse una subvención por cada Comunidad de Propietarios, aunque podrá abarcar la financiación de las actuaciones en un máximo de tres cabeceras de la misma Comunidad. Las Comunidades de Propietarios deberán disponer de un NIF (letras H y E) y ser titulares de una cuenta bancaria asociada, dónde se abonará directamente el importe de la ayuda.
Cómo realizar la solicitud de subvención
Todas las solicitudes deberán realizarse vía telemática a través de la plataforma on line https://ayudas.televisiondigital.gob.es, que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha habilitado con este fin y que, a partir de mañana, permitirá la tramitación de solicitudes.
Podrá tramitar la solicitud el representante legal de la Comunidad de Propietarios o un representante voluntario que cuente con la autorización de la misma. La atención a las solicitudes se realizará por orden de presentación en el sistema electrónico de gestión. A partir del 1 de enero de 2015, en un plazo máximo de 3 meses a contar desde la presentación de la misma, se resolverán las peticiones presentadas.
Importes máximos de las subvenciones
En el caso de viviendas de tamaño medio que suelen disponer de sistemas basados en centralitas programables, requieren la actuación de un instalador registrado pero no de la instalación de equipamiento adicional, el importe máximo de la ayuda prevista es de 100 euros.
En el caso de edificios de gran tamaño que disponen de sistemas basados en amplificadores monocanales, en el que se precisa la actuación de un instalador registrado así como equipamiento adicional, el importe máximo varía entre los 150 euros y los 550 euros, dependiendo del número de múltiples afectados (número de nuevas frecuencias que deban de ponerse en servicio) y que puede variar entre cero y cinco según la zona geográfica.
En https://ayudas.televisiondigital.gob.es se puede encontrar información detallada sobre los conceptos que debe contener cada documento, así como ejemplos y modelos de cada uno de ellos. También puede solicitar ayuda en los teléfonos 901 20 10 04 y 954 30 77 96.