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Salamanca concede hasta julio 170 ayudas por hijo nacido o adoptado a familias con pocos recursos
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EMPADRONADOS EN LA CIUDAD

Salamanca concede hasta julio 170 ayudas por hijo nacido o adoptado a familias con pocos recursos

Actualizado 27/08/2014

El Ayuntamiento mantiene los 300 euros para apoyar a los más desfavorecidos

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El Ayuntamiento de Salamanca ha concedido durante los primeros siete meses del año 170 ayudas económicas por hijo nacido o adoptado a familias con escasos recursos. Con el objetivo de seguir apoyando a las personas más desfavorecidas, el Consistorio mantiene esta prestación de 300 euros. Según establecen las bases, pueden acceder a estas ayudas las familias cuyos ingresos, dependiendo de su número de miembros, estén en 4 y 2 veces el Salario Mínimo Interprofesional. En concreto, los ingresos de las familias de 6 miembros no puede superar 4 veces el SMI; las de 5 no pueden superar 3,5 veces el SMI; las de 4 no pueden superar 3 veces el SMI; las de 3 no pueden superar 2,5 veces el SMI; y las de 2 no puede superar 2 veces el SMI.

Cuando cualquiera de los miembros de la familia tenga discapacidad física o psíquica, en el grado que señala la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como determinante de la deducción, se computará como dos a efectos del cálculo del número de personas. De igual forma, se computarán como dos a los efectos señalados los desempleados, no pudiendo computarse por más de dos, aunque concurran en más de una circunstancia.

Además de este requisito, todos los miembros de la unidad familiar deben estar empadronados en la ciudad de Salamanca durante al menos un año antes del nacimiento o adopción para recibir esta ayuda económica.

Las familias interesadas que cumplan estos requisitos deberán presentar antes de cumplirse seis meses desde la fecha de nacimiento o adopción del niño la solicitud acompañada del DNI del solicitante y del libro de familia en el Organismo Autónomo de Gestión y Recaudación Económica (OAGER), situado en la Plaza de la Libertad, en el Centro Municipal Integrado Julián Sánchez "El Charro" o en el Registro General del Ayuntamiento.

Las bases reguladoras de esta ayuda municipal concretan que deberá presentarse el convenio regulador en caso de separación, divorcio o nulidad y la resolución judicial o administrativa en el supuesto de adopción internacional.

El solicitante deberá presentar también la documentación acreditativa de la titularidad de la cuenta bancaria en que se solicita se efectúe el ingreso de la ayuda, así como la autorización al OAGER para solicitar de la Agencia Tributaria información relativa a los ingresos de todas las personas que integran la unidad familiar.

El solicitante tendrá que presentar el original y una fotocopia de todos los documentos solicitados para su debida compulsa. En caso de que la solicitud no estuviese debidamente cumplimentada o no se acompañase de la documentación exigida, el Ayuntamiento de Salamanca requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, envíe los documentos preceptivos o subsane la solicitud, cuyo modelo está también disponible en la página web www.oager.com, en el apartado de trámites y solicitudes.

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