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El alcohol y conducir sin carné disparan a 469 las sentencias por delitos viales en Salamanca
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El alcohol y conducir sin carné disparan a 469 las sentencias por delitos viales en Salamanca

Publicado 21/10/2026 21:30

El consumo de sustancias lidera los fallos en los juzgados (51,8 %), mientras que circular sin permiso encabeza las 358 acusaciones de la Fiscalía (57,3 %)

Los órganos judiciales de Salamanca han cerrado el balance del ejercicio 2025 con un total de 469 delitos sentenciados en el ámbito de la seguridad vial. De forma complementaria, el Ministerio Fiscal ha emitido en la provincia 358 calificaciones por infracciones penales cometidas al volante a lo largo de los últimos 12 meses analizados, según los registros del Portal de Datos de Justicia.

Las estadísticas reflejan que ponerse a los mandos de un vehículo sin permiso y circular bajo el efecto de bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas aglutinan la inmensa mayoría de los procedimientos. Mientras que en los tribunales las condenas por consumo de alcohol o drogas representan más de la mitad de los fallos, en las acusaciones iniciales de la Fiscalía predomina la carencia de licencia para conducir.

A nivel autonómico, la provincia salmantina se sitúa como el segundo territorio con más resoluciones judiciales de Castilla y León en esta materia, solo por detrás de León. El volumen de sentencias en los juzgados locales mantiene una tendencia al alza durante los últimos tres años, superando los registros de 2023 y 2024.

¿Cuáles son los delitos viales con más condenas en Salamanca?

En el plano estrictamente judicial, los tribunales competentes dictaron sentencia sobre 469 delitos contra la seguridad vial en Salamanca durante 2025. Esta cifra supera las 436 resoluciones contabilizadas en 2024 y las 410 registradas al cierre de 2023.

La distribución de los fallos condenatorios en los juzgados salmantinos estuvo encabezada por la conducción bajo la influencia de sustancias, seguida de la ausencia de permiso administrativo. El desglose completo de las sentencias dictadas en la provincia es el siguiente:

  • Conducción bajo la influencia de alcohol o drogas: 243 sentencias (51,8 % del total).
  • Conducción sin licencia o permiso: 193 sentencias (41,2 %).
  • Conducción temeraria: 16 sentencias (3,4 %).
  • Negativa a someterse a las pruebas de detección: 15 sentencias.
  • Excesos punibles de velocidad reglamentaria: dos sentencias.

La evolución histórica de los delitos sentenciados en la provincia muestra oscilaciones desde el inicio de la serie: 464 casos en 2018; 479 en 2019; un descenso hasta los 328 en 2020; un máximo de 484 en 2021; 464 en 2022; 410 en 2023; 436 en 2024; y los 469 alcanzados al cierre de 2025.

Desglose de las 358 acusaciones de la Fiscalía

Por su parte, el balance del Ministerio Fiscal en Salamanca acumuló 358 procedimientos penales iniciados en materia vial durante el pasado año. En esta fase de instrucción, el delito más frecuente fue la conducción sin carné, que representó casi seis de cada diez causas incoadas por el ministerio público.

Las calificaciones fiscales registradas en el territorio salmantino durante 2025 se dividieron en las siguientes tipologías delictivas:

  • Conducción sin licencia o permiso: 205 casos (57,3 % del total calificado).
  • Conducción bajo la influencia de alcohol o drogas: 115 casos (32,1 %).
  • Conducción temeraria: 20 casos (5,6 %).
  • Negativa a la realización de pruebas de alcohol o drogas: 11 casos.
  • Conducción a velocidad con exceso reglamentario: seis casos.
  • Conducción con desprecio para la vida: un caso.

En cuanto a la serie temporal de acusaciones emitidas por la Fiscalía en Salamanca, los datos reflejan 491 calificaciones en 2018; 467 en 2019; 316 en 2020; 439 en 2021; 449 en 2022; 373 en 2023; 425 en 2024; y las 358 contabilizadas al término de 2025.

¿Por qué hay más sentencias judiciales que acusaciones fiscales?

Los registros del Portal de Datos de Justicia muestran una diferencia entre las 358 calificaciones y las 469 sentencias en Salamanca porque ambos indicadores corresponden a fases distintas del proceso penal. Mientras que la calificación es el escrito de acusación formal donde el fiscal determina el presunto delito detectado por la Guardia Civil o la Policía Local y solicita una pena, la sentencia es la resolución definitiva dictada por el juez tras evaluar las pruebas.

El hecho de que el número de sentencias supere al de calificaciones en un mismo año natural responde a tres factores procesales. En primer lugar, influye el desfase cronológico (factor tiempo), dado que el recorrido judicial requiere meses de tramitación y una parte de los 469 delitos sentenciados en 2025 corresponde a acusaciones presentadas por la Fiscalía en años anteriores.

En segundo término, existen procesos con múltiples acusados donde un único escrito de calificación del Ministerio Fiscal engloba a varias personas implicadas en un mismo suceso; al resolverse el caso, el juzgado emite sentencias individualizadas para cada procesado, multiplicando la estadística de fallos. Finalmente, destacan las sentencias de conformidad inmediatas: en infracciones viales como las alcoholemias tramitadas mediante juicios rápidos, es habitual que el acusado acepte la pena directamente ante el juez de guardia, cerrándose y contabilizándose el expediente con rapidez como sentencia firme.

Radiografía de las sentencias en Castilla y León y España

En el conjunto de Castilla y León, los tribunales dictaron 2.872 sentencias por delitos contra la seguridad vial a lo largo de 2025. A diferencia de lo ocurrido en los juzgados salmantinos, en el global autonómico predominaron las condenas por conducir sin permiso (1.726 resoluciones) frente a la conducción bajo la influencia de alcohol o drogas (1.000 sentencias).

Al margen de estas dos causas mayoritarias, los órganos judiciales de la comunidad condenaron 59 negativas a someterse a pruebas de detección, 45 conductas temerarias y 37 infracciones por exceso de velocidad. El registro autonómico se completó con cuatro delitos con desprecio para la vida (dos en Soria, uno en Burgos y uno en Valladolid) y un único procedimiento por creación de otros riesgos para la circulación, localizado en la provincia de Soria.

Por volumen total de resoluciones, León encabezó la estadística autonómica, seguida de cerca por Salamanca y Valladolid. El reparto completo por provincias en 2025 fue el siguiente:

  • León (488 sentencias): 312 por carecer de carné, 148 por alcohol o drogas, 13 por negativa a las pruebas, nueve por exceso de velocidad reglamentario y seis por conducción temeraria.
  • Salamanca (469 sentencias): 243 por alcohol o sustancias estupefacientes, 193 por carecer de permiso, 16 por conducción temeraria, 15 por negarse al test y dos por velocidad.
  • Valladolid (455 sentencias): 324 sin licencia, 117 por alcohol o drogas, seis por negativa a someterse a pruebas, cinco por exceso de velocidad, dos temerarias y una con desprecio para la vida.
  • Burgos (434 sentencias): 259 sin permiso, 165 por alcohol o drogas, cinco por velocidad, tres por negativa, una temeraria y una con desprecio para la vida.
  • Palencia (259 sentencias): 136 por alcohol o drogas, 96 sin carné, 11 por conducción temeraria, nueve por negativa al control y siete por velocidad.
  • Zamora (249 sentencias): 186 por circular sin licencia, 54 bajo los efectos de alcohol o estupefacientes, cuatro por exceso de velocidad, dos por conducción temeraria y una por negarse a la prueba.
  • Segovia (188 sentencias): 156 sin carné, 29 por alcohol o drogas, dos por negativa al test y una por conducción temeraria.
  • Ávila (169 sentencias): 136 por no disponer de permiso, 30 por influencia de sustancias y tres por rebasar la velocidad permitida.
  • Soria (161 sentencias): 78 por alcohol o drogas, 64 sin permiso, 10 por negarse a la prueba, cuatro por conducción temeraria, dos por velocidad, dos por desprecio para la vida y una por creación de otros riesgos para la circulación.

En el ámbito nacional, la estadística oficial recoge un total de 74.560 delitos viales sentenciados en 2025. Los territorios con mayor volumen de resoluciones judiciales fueron Cataluña, con 18.051 fallos, y Andalucía, con 12.197, seguidos por la Comunidad de Madrid, que contabilizó 8.733 sentencias.

¿Qué penas establece el Código Penal para estas infracciones?

Los delitos contra la seguridad vial están regulados entre los artículos 379 y 385 ter del Código Penal, normativa que castiga aquellas conductas al volante que generan un peligro grave para el tráfico o la vida de las personas. Las sanciones previstas por la ley varían según la tipología cometida:

  • Exceso de velocidad (artículo 379.1): Castiga superar la velocidad permitida en más de 60 km/h en vía urbana o en más de 80 km/h en vía interurbana. Conlleva penas de prisión de tres a seis meses, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, además de la retirada del carné de uno a cuatro años.
  • Conducción bajo los efectos del alcohol o drogas (artículo 379.2): Se aplica al circular con tasas superiores a 0,60 mg/l en aire espirado (o 1,2 g/l en sangre) o bajo la influencia de drogas. Contempla penas similares de prisión, multa o trabajos comunitarios y la privación del permiso de conducción.
  • Conducción temeraria (artículos 380 y 381): Sanciona conducir con temeridad manifiesta poniendo en peligro la vida de las personas. El castigo se agrava si existe manifiesto desprecio por la vida de los demás, alcanzando penas de prisión de hasta dos años y la retirada del permiso.
  • Negativa a someterse a las pruebas (artículo 383): Rechazar la realización de los test de alcoholemia o drogas está penado con prisión de seis meses a un año y la retirada del carné de entre uno y cuatro años.
  • Conducción sin permiso (artículo 384): Ponerse al volante tras haber perdido todos los puntos, tras una privación cautelar o judicial, o sin haber obtenido nunca el carné, acarrea penas de prisión, multa o trabajos comunitarios.
  • Creación de grave riesgo (artículo 385): Colocar obstáculos en la calzada o destruir la señalización de la vía se castiga con prisión de seis meses a dos años, multa y trabajos comunitarios.
  • Abandono del lugar del accidente (artículo 382 bis): Huir tras un siniestro vial en el que existan víctimas conlleva penas variables en función de si el origen del accidente fue imprudente o fortuito.

En la práctica judicial, la inmensa mayoría de los procedimientos por alcoholemia o excesos de velocidad en los que no se han registrado heridos ni accidentes, y donde el conductor carece de antecedentes, se tramitan mediante juicio rápido. Si el acusado acepta formalmente su culpabilidad (conformidad), se aplican dos beneficios procesales directos.

Por un lado, se produce la reducción automática de un tercio sobre las penas solicitadas por la Fiscalía, de modo que una retirada mínima del permiso de conducción de un año pasa a ser de ocho meses, o una petición fiscal de 12 meses de multa se reduce a ocho meses. Por otro lado, se aplica la suspensión de la entrada en prisión: al tratarse de condenas inferiores a los dos años y no existir antecedentes penales previos, las penas de cárcel de pocos meses se suspenden de forma automática o se sustituyen habitualmente por sanciones económicas o trabajos comunitarios.

Asimismo, el Código Penal contempla la posibilidad de rebajar una pena en un grado (por ejemplo, aplicando el artículo 385 ter en casos de escasa gravedad y nulo peligro). Esta reducción responde a una fórmula matemática donde el nuevo límite máximo de castigo pasa a ser el mínimo original, y el nuevo mínimo se fija en la mitad de dicha cifra. De este modo, una pena original de seis a 12 meses de prisión rebajada en un grado se transforma en una horquilla de tres a seis meses.

En cuanto a las sanciones económicas, las multas penales en España no tienen un importe fijo, sino que se rigen por el sistema de días-multa, que multiplica el número de días de condena por una cuota diaria. La duración en días o meses (a efectos legales, cada mes equivale siempre a 30 días) se fija según la gravedad del delito; por ejemplo, conducir bajo los efectos del alcohol conlleva de seis a 12 meses de multa, siendo el mínimo legal 180 días.

La cuota diaria, en cambio, la determina el juez tras investigar los ingresos, propiedades y cargas familiares (hijos o hipotecas) del infractor, dentro de una horquilla legal que oscila entre un mínimo de dos euros al día (para personas sin ingresos) y un máximo de 400 euros diarios (para patrimonios muy elevados).