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Rebajadas las penas a los tres implicados en un altercado e intento de incendio de un club de Salamanca
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Sentencia de apelación del TSJCyL

Rebajadas las penas a los tres implicados en un altercado e intento de incendio de un club de Salamanca

Publicado 08/10/2026 15:38

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León reduce a 15 meses de prisión la pena al varón que roció gasolina en la cocina y a seis meses a quienes lo redujeron con una pala y un bloque de cemento. Además, el alto tribunal anula la orden de expulsión de España para estos dos últimos al apreciar una legítima defensa incompleta determinante para evitar una tragedia.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha rebajado las penas de prisión impuestas a los tres condenados por el grave altercado ocurrido durante la noche del 25 de diciembre de 2023 en un club situado en la carretera de Zamora, dentro del término municipal de Calzada de Valduciel.

El tribunal ha estimado parcialmente los recursos de apelación frente a la sentencia previa de la Audiencia Provincial de Salamanca. De este modo, la condena para el varón que intentó prender fuego a las instalaciones se reduce de dos años y nueve meses a 15 meses de prisión por un delito de incendio con riesgo para las personas en grado de tentativa. Por su parte, los otros dos hombres implicados, que le golpearon para frenar el ataque, ven reducidas sus penas de un año y diez meses a seis meses de prisión como autores de un delito de lesiones con instrumento peligroso, quedando además sin efecto la orden de expulsión del territorio nacional dictada contra ambos.

El origen del altercado en la cocina del establecimiento

Los hechos probados sitúan el inicio del conflicto sobre las 20:55 horas del día de Navidad de 2023. El primer acusado se encontraba bajo los efectos del alcohol en el interior del club cuando abofeteó en la cabeza por la espalda a una empleada, sin llegar a causarle lesiones. A raíz de este ataque, los otros dos encausados lo expulsaron del establecimiento y lo introdujeron en un vehículo junto a sus acompañantes. Al marcharse, el individuo amenazó de forma expresa con regresar para quemar el inmueble.

Apenas una hora después, a las 21:54 horas, regresó al local portando una garrafa de combustible. Tras acceder a la cocina, comenzó a rociar el líquido por el suelo mientras profería amenazas de muerte hacia las personas allí presentes. En ese instante, fue interceptado por los otros dos varones para neutralizar la agresión.

Rebaja por tentativa inacabada y legítima defensa incompleta

Para frenar el peligro inminente, los dos hombres emplearon los objetos que encontraron a su alcance: una pala y un bloque de cemento que ejercía como calzador de la puerta de la cocina. Con estos elementos golpearon e inmovilizaron al agresor, causándole un traumatismo en la cabeza y diversas heridas por las que sangró de forma abundante, aunque continuaron con la agresión una vez conjurado el riesgo, lo que motivó la intervención de las trabajadoras y de la Guardia Civil.

El TSJCyL argumenta en su resolución los siguientes motivos para aplicar la reducción de penas en dos grados a todas las partes:

  • Tentativa inacabada: la Sala determina que el responsable del combustible no llegó a encender la gasolina que había esparcido, por lo que el peligro inherente a la acción no alcanzó un grado absoluto ni extremo.
  • Legítima defensa incompleta: aunque existió un exceso en los golpes posteriores a la inmovilización, el tribunal valora que la actuación de los dos hombres evitó un siniestro de proporciones incalculables para la integridad de quienes se hallaban dentro del inmueble.
  • Revocación de la expulsión: al quedar fijada la condena en seis meses de prisión —inferior a un año— y contar uno de ellos con permiso de residencia en España sobrevenido, se anula la medida que les prohibía residir en el país durante seis años.

Frente a esta sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.