También hay una ligera modificación a raíz de la declaración del coso taurino como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial
El Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo difundió a última hora de la mañana del martes los dos bandos dictados por el alcalde Marcos Iglesias para regular normativamente el desarrollo del Carnaval del Toro 2024: uno de carácter general (con indicaciones variadas, sobre todo en materia de seguridad), y otro centrado en los eventos taurinos (con una serie de indicaciones para corredores y espectadores).
El bando en torno a los eventos taurinos es el mismo que en años anteriores, mientras que el general tiene un par de novedades. Por un lado, se ha incluido en este bando algo que ya se sabía: los establecimientos de hostelería que quieran contar con una caseta-bar callejera deberán tener WC portátiles exteriores, “salvo que de forma motivada no se pudieran ubicar o se aconsejara acumular WC de distintos establecimientos próximos”.
Por otro lado, se ha ampliado la normativa en torno a andamios, plataformas metálicas y “otros elementos similares” que se sitúan junto al recorrido de los encierros, principalmente en la parte alta de los pinos y en la Ronda de San Pelayo. Como en años anteriores, estas estructuras deberán dejar 1,5 metros de separación con las agujas, siendo las novedades que deberá haber 2,5 metros de distancia entre cada estructura, y que queda prohibida la instalación de escaleras o similares que invadan espacio distinto al ocupado por la propia estructura.
Por otro lado, estos andamios y plataformas podrán tener una altura máxima de 1,80 metros, no pudiendo en ningún caso entorpecer la visión de los edificios colindantes. Además, las plataformas elevadoras no podrán hacer uso de su sistema de elevación, quedando instaladas en su altura mínima. Sea cual sea el tipo de estructura, no podrán tener lonas, telas o plásticos. Obviamente, no podrá haber maderas, escaleras, palets o carros dentro del recorrido, y no se pueden tener abiertas puertas o portales de los edificios situados en el recorrido de los encierros, siendo responsables de ello los usuarios o inquilinos de los mismos.
El bando presenta una pequeña novedad adicional en una norma estrenada el año pasado, la prohibición de colocar pancartas, elementos publicitarios y similares en los tablaos y los balcones de la Plaza Mayor. El año pasado se estrenó esta norma ya que se había iniciado el proceso para declarar como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial “la tradicional y artesanal construcción del coso taurino”, y una vez conseguida la declaración, se refleja como tal en el Bando.
A partir de ahí, los bandos son idénticos a los de 2023, manteniéndose especialmente la prohibición de circulación de autobuses por el núcleo urbano de Ciudad Rodrigo desde las 9.00 horas de la mañana del Sábado hasta las 9.00 horas de la mañana del Domingo (excepto vehículos de transporte regular de viajeros y aquellos que estén autorizados).
En materia de vehículos, como es habitual, no podrá haber ninguno aparcado en el recorrido de los encierros desde 2 horas antes de su inicio. Si hay alguno, el Ayuntamiento los retirará y los propietarios serán sancionados. En el global del Carnaval, se recomienda, “dadas las características de los eventos” con grandes concentraciones de público, evitar el uso de vehículos y realizar los desplazamientos a pie.
Respecto al encierro a caballo, el público podrá llegar hasta la Ermita de Valhondo, quedando prohibido el acceso al tramo comprendido entre la finca Casasola –desde donde partirá el encierro- y la Ermita (alrededor de 2,5 kilómetros). Esa denominada ‘zona de expansión’ del encierro, en la que no podrá haber público ni dentro ni fuera del recorrido, estará delimitada por la Policía Local. Respecto a este encierro, estará prohibida la bajada de animales por la Avenida Conde de Foxá (del número 160 hacia adelante) a partir de las 10 de la mañana (los caballos deberán bajar antes de esa hora) así como de vehículos a motor.
En los Bandos se pide “comprensión ciudadana” ante las medidas que pudieran adoptar las fuerzas y cuerpos de seguridad para prevenir y garantizar el desarrollo de los eventos. Como es lógico, no se pueden ocupar los espacios reservados en encierros y en la Plaza Mayor a los servicios de la Plaza y a las autoridades gubernativas. Por último, se recuerda que el uso de locales y edificios como peñas será responsabilidad de los propietarios de los locales, y que está prohibida la instalación de altavoces y cualquier sistema de sonido en la vía pública.
Las medidas para los eventos taurinos
Mientras tanto, el bando destinado específicamente a corredores y espectadores de los eventos taurinos, recoge los artículos referidos a esos colectivos que aparecen en el Reglamento del Carnaval.
En esos artículos se expone, por ejemplo, que no pueden participar en los espectáculos taurinos los menores de 18 años; las personas que muestren síntomas de embriaguez, intoxicación por drogas o enajenación mental; los que por su condición física o psíquica puedan correr un excesivo peligro; los que tengan un comportamiento que pueda provocar situaciones de riesgo; o los que porten objetos o útiles que puedan dañar a los animales o perjudicar el buen desarrollo del espectáculo.
Respecto al desarrollo de los encierros, se recuerda que está prohibido “herir, pinchar, golpear, sujetar o tratar de cualquier otro modo cruel a las reses”, así como “cortar la marcha del toro, a la salida de los encierros y desencierros, volverlo, agarrarlo del rabo o cualquier otra maniobra con la intención de que se quede emplazado” además de prohibirse citar a los toros durante los encierros y desencierros.
En la Plaza Mayor, está prohibido “el cite al toro desde los burladeros, en particular a la salida de los toriles”, así como “subirse a las puertas que cierran el coso taurino y que dan acceso a las distintas calles de la Plaza Mayor”. Asimismo, los participantes tampoco se podrán subir “a los burladeros reservados al servicio de plaza, dado que no dispondrán de estribo”.
Además, se prohíbe portar cámara de fotos o de vídeo, el uso de teléfonos móviles “o portar objetos voluminosos que impidan el buen desarrollo o que estorben a los demás participantes, como mochilas, paquetes, etc.”. De igual modo se puede expulsar de los recintos taurinos “aquellos que molestaren u ofendieran a otros y perturbaren gravemente el desarrollo de los festejos taurinos y requeridos por ello persistieran en su actitud”.
En este bando se recogen las posibles sanciones a las que se exponen los que incumplan esas prohibiciones. Si son consideradas infracciones leves, la multa puede ser de hasta 750€; si son graves, de 751 a 1.500€; y si son muy graves, de 1.501 a 3.000€.