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Si cursas Bachillerato, FP o enseñanzas artísticas puedes solicitar las ayudas de la Junta de Castilla y León para el próximo curso
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Si cursas Bachillerato, FP o enseñanzas artísticas puedes solicitar las ayudas de la Junta de Castilla y León para el próximo curso

Actualizado 20/06/2023 09:53
Redacción

El objetivo es promover la calidad de la enseñanza y la escolarización en todos los niveles educativos en igualdad

El pasado mes de abril se publicó en el BOCYL el extracto de la Orden de 28 de marzo de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas para el alumnado que curse enseñanzas de bachillerato, formación profesional o enseñanzas artísticas en determinados centros de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2023-2024.

¿Para qué estudios se puede solicitar una ayuda?

Las ayudas van destinadas a alumnos que en el curso 2023-2024 van a estar matriculados en alguna de las siguientes situaciones:

Que curse las siguientes enseñanzas en centros de la Comunidad de Castilla y León:

- Bachillerato.

- Formación profesional, que incluirá los ciclos de Formación Profesional Básica y los ciclos formativos de grado medio y de grado superior.

Que curse las enseñanzas que a continuación se detallan en los siguientes centros de la Comunidad de Castilla y León:

- Enseñanzas artísticas, elementales, profesionales o superiores en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación.

- Enseñanzas de arte dramático, en la Escuela Superior de Arte Dramático de Castilla y León.

- Enseñanzas elementales o profesionales de danza, en la Escuela Profesional de Danza de Castilla y León.

- Estudios superiores del vidrio en la Escuela Superior del Vidrio de la Real Fábrica de Cristales de La Granja.

¿Qué tipos de ayuda hay?

Hay dos tipos de ayudas

- Ayuda variable. Se concederá en función del intervalo de porcentajes del umbral máximo de renta familiar establecido en el apartado séptimo.1 de la Orden de convocatoria en el que se encuentre encuadrada la renta de la unidad familiar del solicitante, conforme a la siguiente relación:

Menor o igual al 25% del umbral máximo de renta familiar: 450 euros.

Superior al 25% e inferior o igual al 50% del umbral máximo: 350 euros.

Superior al 50% e inferior o igual al 75% del umbral máximo: 250 euros.

Superior al 75% e inferior o igual al 100% del umbral máximo: 200 euros.

- Ayuda fija ligada a la residencia. Se podrá recibir por quienes además de ser beneficiarios de la ayuda variable necesiten residir, por razón de los estudios, durante el curso escolar en lugar distinto al domicilio familiar y cumplan los requisitos que establece el apartado octavo para esta modalidad de ayuda. No podrá optar a esta modalidad de ayuda el alumnado que curse estudios de Formación Profesional Básica. Las ayudas por este concepto ascenderán a 1.600 euros. En ningún caso el importe de esta ayuda será superior al coste real del servicio.

Qué requisitos se deben cumplir

Requisitos generales

- Encontrarse matriculado en el curso escolar 2023-2024, en régimen presencial y matrícula completa en alguna de las enseñanzas y centros indicados en el primer apartado.

- Tener fijada la residencia familiar y el domicilio fiscal en la Comunidad de Castilla y León el alumno y los sustentadores principales.

- No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la expedición de un título del mismo o superior nivel al correspondiente a las enseñanzas para las que solicita la ayuda.

- Cumplir los requisitos académicos y económicos que se establecen en los siguientes apartados.

- Haber solicitado beca o ayuda para los mismos estudios y curso académico dentro del plazo establecido en la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2023-2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatoriosEste enlace se abrirá en una ventana nueva (Extracto publicado en el B.O.E. nº 65 de 17 de marzo de 2023).

Este requisito no se exigirá para el alumnado no comprendido en el citado programa por cursar enseñanzas no incluidas en el mismo, debiendo no obstante reunir el resto de los requisitos establecidos en la presente orden.

Requisitos académicos

- No estar repitiendo curso total o parcialmente.

- Los alumnos de primer curso de bachillerato deberán haber obtenido una nota media mínima de 5 puntos en el cuarto curso de educación secundaria obligatoria o prueba de acceso, en su caso.

- Los alumnos de primer curso de formación profesional de grado superior deberán haber obtenido una nota media mínima de 5 puntos en segundo curso de bachillerato, prueba o curso de acceso, en su caso.

- Los alumnos de primer curso de enseñanzas artísticas superiores deberán haber obtenido una nota media de 5 puntos en la prueba o curso de acceso correspondiente.

- Los alumnos de primer curso del resto de enseñanzas deberán haber obtenido una nota media mínima de 5 puntos en el curso anterior que hayan realizado.

- Los estudiantes de segundos y posteriores cursos organizados por asignaturas deberán haber superado todas las asignaturas del curso anterior, con excepción de una.

- Los alumnos de segundos y posteriores cursos organizados por módulos deberán haber superado en el curso anterior al menos un número de módulos que supongan el 85 por ciento de las horas totales del curso en el que hubieran estado matriculados.

La información completa, aquí.