Martes, 14 de mayo de 2024
Volver Salamanca RTV al Día
Requisitos para solicitar el IMV si vivo solo y no hay personas que dependan de mí
X
LO QUE QUIZÁ NO SABÍAS

Requisitos para solicitar el IMV si vivo solo y no hay personas que dependan de mí

Actualizado 14/10/2022 16:59
Redacción

Para ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital viviendo solo, y sin personas a cargo, es necesario cumplir con una serie de requisitos, entre ellos la edad, tal y como explica la Seguridad Social

¿Si vivo solo y no hay personas que dependan de mí, puedo recibir el ingreso mínimo vital? La Seguridad Social responde. Estos son los requisitos.

Sí, pero debe tener al menos 23 años, y no estar casado (salvo que esté en trámite de separación o divorcio) ni unido a otra persona como pareja de hecho.

No se exige el requisito de edad ni haber iniciado los trámites de separación o divorcio a las mujeres mayores de edad o menores emancipadas víctimas de violencia de género o de trata de seres humanos y explotación sexual.

También pueden percibirlo las personas de entre 18 y 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores de las Comunidades Autónomas habiendo estado bajo la tutela de Entidades Públicas de protección de menores dentro de los tres años anteriores a la mayoría de edad, o sean huérfanos absolutos, siempre que vivan solos sin integrarse en una unidad de convivencia.

Si el solicitante, si es menor de 30 años deberá acreditar haber vivido de forma independiente en España durante al menos los dos años anteriores a la solicitud, salvo que se trate de personas mayores de edad que provengan de centros residenciales de protección de menores de las Comunidades Autónomas.

Se entiende que una persona ha vivido de forma independiente si acredita que su domicilio ha sido distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud y que en dicho periodo ha permanecido durante al menos doce meses, continuados o no, de alta en la Seguridad Social, Clases Pasivas del Estado o una mutualidad alternativa al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

Si es mayor de 30 años deberán acreditar que durante el año anterior a la solicitud, su domicilio en España ha sido distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores.

Los requisitos de vida independiente, para menores de 30 años, y de domicilio distinto del de los progenitores, en el caso de mayores de 30 años, no se exige cuando el cese de la convivencia con los progenitores, tutores o acogedores se hubiera debido al fallecimiento de estos. Tampoco se exigirán a las personas que, por ser víctimas de violencia de género, hayan abandonado su domicilio habitual, a las personas sin hogar, a las que hayan iniciado los trámites de separación o divorcio o a las personas víctimas de la trata de seres humanos y de explotación sexual.

No tienen derecho a la prestación las personas usuarias de una prestación de servicio residencial, de carácter social, sanitario o sociosanitario, con carácter permanente, salvo en el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual.