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El Primer Ministro de Portugal anuncia la prórroga del cierre de la frontera hispano-lusa
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CIUDAD RODRIGO Y COMARCA , CORONAVIRUS

El Primer Ministro de Portugal anuncia la prórroga del cierre de la frontera hispano-lusa

Actualizado 15/04/2021
David Rodríguez

En principio decaía durante la próxima madrugada, pero se prolongará dos semanas más

El Primer Ministro de Portugal, Antonio Costa, anunció a última hora de la tarde del jueves la prórroga del cierre de las fronteras terrestres de su país con España, que en principio decaía a las 0.59 horas (hora española) de la madrugada del jueves al viernes (para que coincidiese con la medianoche portuguesa). Antonio Costa realizó ese anuncio durante una comparecencia pública en la que se dieron a conocer las nuevas medidas de desescalada que se van a adoptar en Portugal, que no incluyen la apertura de fronteras.

En su intervención, el Primer Ministro de Portugal dijo que este cierre fronterizo por culpa del coronavirus (pendiente de oficializarse con la publicación de las correspondientes órdenes oficiales por parte de ambos países) se mantendrá durante 15 días más, lo que sitúa en el inicio del mes de mayo la nueva fecha prevista de finalización. Hay que recordar que el actual cierre fronterizo se implantó el fin de semana del 30 y 31 de enero, y ha sido objeto de sucesivas prórrogas sin llegar a decaer en ningún momento.

Salvo que cuando se publiquen las órdenes en ambos países haya alguna variación no esperada, sí se podrá seguir cruzando de España a Portugal (o viceversa) con motivo justificado por la antigua aduana entre Fuentes de Oñoro y Vilar Formoso, uno de los puntos de paso autorizados entre ambos países que funcionan las 24 horas del día los 7 días de la semana (hay otros puntos de paso por donde se puede cruzar la frontera de forma justificada en ciertos horarios).

Asimismo, sólo pueden entrar en territorio español ciudadanos españoles y su cónyuge o pareja con la que mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, y aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con éste; residentes en España (que deberán acreditar su residencia habitual) así como los estudiantes que cursen sus estudios en España; y residentes en otros estados miembros, en estados asociados Schengen, o en Andorra, Mónaco, El Vaticano y San Marino, que se dirijan a su lugar de residencia habitual.

También pueden cruzar la frontera hispano-lusa quienes vayan a transitar o permanecer en el territorio español por motivos laborales, siempre que lo acrediten documentalmente (aquí se incluye a los trabajadores transfronterizos, sanitarios y del transporte); y personas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor, situación de necesidad o motivos humanitarios.

Por último, es admitido el personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones oficiales, así como los participantes en viajes de Estado, y los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Fuerzas Armadas para ejercer sus funciones.