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La Junta prohíbe las reuniones de no convivientes en lugares privados durante la Semana Santa
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La Junta prohíbe las reuniones de no convivientes en lugares privados durante la Semana Santa

Actualizado 23/03/2021
David Rodríguez

En los espacios públicos (salvo las terrazas), solo se podrán reunir un máximo de 4 personas, sean o no convivientes

La Junta de Castilla y León aprobó en una reunión extraordinaria de su Consejo de Gobierno celebrada durante la jornada del martes dos acuerdos (que aparecerán publicados este miércoles en el Boletín Oficial de Castilla y León) en los que se recoge la normativa que estará vigente en la comunidad del 26 de marzo al 9 de abril, es decir, durante el período de Semana Santa, con el objetivo de reducir la posibilidad de contagios ante el "altísimo número de desplazamientos y el aumento de reuniones entre no convivientes" de estos días.

Precisamente, la principal novedad para los ciudadanos de Castilla y León en estas medidas (acordadas para todas las comunidades por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud) respecto a la normativa que estaba vigente en la actualidad en la comunidad es que se prohíben las reuniones de personas no convivientes en espacios privados como hogares (hasta ahora estaban autorizadas las reuniones en espacios privados de un máximo de 4 personas no convivientes).

En lo que respecta a los espacios públicos, ya sean abiertos o cerrados, el límite será de cuatro personas, sean o no convivientes. De esta norma quedan fuera como hasta ahora aquellas dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público con 'normativa propia', las actividades laborales e institucionales, y cualesquiera otras que cuenten con medidas específicas. Dicho de otro modo, las terrazas podrán seguir contando con hasta 6 personas por mesa.

En lo que respecta a los actos habituales propios de la Semana Santa, estarán prohibidos eventos masivos de cualquier índole que impliquen aglomeración o concentración de personas, permitiéndose actos religiosos siempre que sean en recintos acotados, sin movimiento de las imágenes, con diferentes lugares de entrada y salida de público, sin superarse el tercio de aforo. Durante esos actos, están prohibidas las muestras físicas de devoción o tradición (besos o contacto sobre imágenes o esculturas).

En la nota de prensa emitida por la Junta de Castilla y León donde se informa de los acuerdos adoptados, también destaca la recomendación a los establecimientos de hostelería para que refuercen la ventilación de los espacios interiores y "el mensaje" de mantener el uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo, "evitando asimismo comer de un mismo plato".