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Heredar de un hermano: ¿cuántos impuestos hay que pagar?
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Heredar de un hermano: ¿cuántos impuestos hay que pagar?

Actualizado 04/11/2020
Redacción

Uno de los impuestos principales a tener en cuenta antes de aceptar o renunciar a una herencia es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones

La carga fiscal de las herencias es una de las principales preocupaciones de los herederos, ya que el pago de impuestos puede no compensar el patrimonio recibido. ¿Qué sucede cuando heredamos de un hermano? La situación varía en función de cada comunidad autónoma.

Uno de los impuestos principales a tener en cuenta antes de aceptar o renunciar a una herencia es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y que como explican desde el Grupo Hereda, la primera empresa española en dedicarse a la búsqueda de herederos, "prescribe a los 4 años desde la fecha de fallecimiento del causante y una vez aceptada la herencia debe abonarse en un plazo de 6 meses, aunque se puede pedir una prórroga de otro medio año". Dependiendo de la relación entre el fallecido y los herederos (familiares directos o indirectos) el pago de este impuesto también varía, siendo menor o casi nulo de padres a hijos, plero no así si quien hereda es un hermano o un sobrino.

El Impuesto de Sucesiones es un impuesto que se aplica en una herencia una vez eliminadas las cargas o gastos, y que varía en función de la cantidad recibida en herencia y del nivel de parentesco con la persona fallecida (es decir, si se trata de descendientes, ascendientes, cónyuges, hermanos, sobrinos, tíos o personas desconocidas que no son familiares). Las comunidades autónomas son las encargadas de aplicar estos tributos, y las correspondientes bonificaciones.

Casi todas las comunidades han ido bonificando el pago, sobre todo para los descientes y parientes más directos. "Las comunidades que apenas recogían este tributo de los grupos I y II son Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Galicia, Extremadura, Madrid, Murcia, La Rioja o los territorios forales. También en Andalucía, cuando el monto heredado es inferior a un millón de euros; en Castilla y León, hasta los 400.000 euros; o en Aragón, para los menores de edad con un máximo de tres millones, o el medio millón para el resto".

Durante este año las comunidades también se han ido planteando reducir el coste que les supone a los hermanos, tíos y sobrinos heredar, aunque sigue habiendo diferencias notables entre territorios. Así, por ejemplo, Cantabria lo bonifica a casi el 100% mientras que Madrid en el caso de los hermanos al 15%, suponiendo un pago de casi el doble de dinero entre una comunidad u otra.