El Boletín Oficial de Castilla y León publica este sábado la entrada en vigor de las nuevas medidas adoptadas desde la Consejería de Sanidad, en las que se recoge la limitación de horarios para la hostelería general, ocio nocturno y las peñas.
De esta forma, tal y como indica el documento "los establecimientos de hostelería y restauración podrán desarrollar su actividad, como máximo, hasta las 01:30 horas, tanto en el interior como en terrazas al aire libre, sin que pueda permitirse el acceso de clientes ni expedir consumición alguna desde esa hora. Esta misma medida será también de aplicación a las sociedades gastronómicas. Tendrán un período máximo de desalojo de treinta minutos, con lo que a partir de las 02.00 horas, el establecimiento o local deberá permanecer cerrado al público".
En cuanto al
ocio nocturno y entretenimiento, la disposición de horarios se marca igual, permit
iendo su actividad como máximo hasta las 01:30 horas, tanto en el interior como en las terrazas, teniendo media hora más para la salida de todos los clientes, debiendo estar cerrado el establecimiento al público a las 2 de la madrugada.
Dentro de esta nueva normativa, la Junta también ha incluido un apartado destinado al control de peñas, que deberán estar cerradas a las 2 de la madrugada en todo el territorio de Castilla y León.
La Junta tomaba esta drástica decisión el pasado jueves, aprobada en Consejo de Gobierno, argumentando esta decisión, en palabras del vicepresidente Francisco Igea, a que "muchos de los brotes que se están dando a nivel nacional están relacionados con el ocio nocturno" mientras que el departamento de Sanidad, con Verónica Casado al frente, afirma que "tomamos medidas para intentar controlar que la cifra de contagios se dispare, siempre analizando a diario la situación".