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El PSOE presenta en las Cortes una PNL para declarar la caducidad de la DIA de la mina de uranio
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BERKELEY TENÍA QUE HABER EMPEZADO LAS OBRAS EN SEPTIEMBRE DE 2018

El PSOE presenta en las Cortes una PNL para declarar la caducidad de la DIA de la mina de uranio

Actualizado 29/07/2020

Los socialistas consideran que las obras ilegales del desvío de la SA-322 no pueden servir de argumento para amparar el inicio del proyecto, así como una mínima parte del vallado de los terrenos

El Grupo socialista en las Cortes de Castilla y León ha presentado a la mesa de las Cortes de Castilla y León una proposición no de ley para que se instruya "a la mayor brevedad el expediente correspondiente para declarar la caducidad de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA)" correspondiente al proyecto minero para la extracción de uranio en el Campo Charro, "al haber transcurrido el plazo de cinco años sin haber dado comienzo la ejecución del proyecto" desde su aprobación en septiembre de 2013.

Cabe recordar que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente en respuesta al Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes, en relación a su petición de caducidad de la DIA por dos motivos esenciales como son el vencimiento del plazo de cinco años para iniciar el proyecto tras la aprobación de la DIA, y la modificación sustancial del proyecto a partir del momento en el que la empresa promotora Berkeley decide desistir de la parte que afecta a Santidad, terrenos del municipio de Villavieja de Yeltes, la Administración autonómica entiende que sendas situaciones no se producen, la primera porque considera que el inicio de las obras de desvío carretera SA-322 y la construcción de una pequeña parte del vallado perimetral de los terrenos constituyen actos que determinan el inicio del proyecto; y en el segundo caso, que la división del proyecto original en dos partes no constituye una modificación sustancial de este.

Por el contario, el Grupo socialista en las Cortes, en lo relativo al desvío de la carretera SA-322, recuerda que la propia Consejería de Fomento y Medio tiene conocimiento de que se trata de obras ilegales y que fueron paralizadas al ser informada por el Ayuntamiento de Retortillo, con fecha 21 de abril de 2017 al Servicio Territorial de Fomento de Salamanca, en cuando supo de su realización. Asimismo, La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo, por tanto, tuvo igualmente conocimiento de la ejecución de las citadas obras de desvío de la carretera SA-322 realizadas por Berkeley sin licencia por lo que emplazó al Ayuntamiento de Retortillo a paralizarlas y a abrir expediente de restauración de la legalidad urbanística.

Ante estos hechos, para el PSOE "no resulta admisible que la misma Consejería de la Junta de Castilla y León que requiere al Ayuntamiento de Retortillo para que haga cumplir la legalidad cuando Berkeley comienza por su cuenta el desvío de la carretera SA-322, utilice después esas obras ilegales y cuya realización no puede suponer efectos jurídicos más allá de los derivados de la propia infracción urbanística, como justificación para afirmar que la ejecución del proyecto ha dado comienzo".

Para los socialistas, "una actuación ilegal no debe en ningún caso, ni en ninguna situación, amparar una declaración o actuación de la administración autonómica. Siendo esto lo acontecido con el desvío de la carretera SA-322: obras iniciadas sin licencia, sin solicitar la preceptiva autorización excepcional en suelo rústico y por lo tanto obras contrarias a la legalidad y por lo que fueron paralizadas por el Ayuntamiento de Retortillo. En definitiva, no puede admitirse que haya habido ninguna actuación legal, ni fase preparatoria, de desvío de la carretera SA-322".

En lo que respecta a la respuesta de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente sobre la realización del vallado perimetral del proyecto. "Nada más lejos de la realidad ?señalan desde el PSOE-: la promotora de este proyecto para que el que se otorgó la DIA no ha realizado el vallado perimetral del mismo. No puede tomarse como tal un pequeño vallado realizado por razones de imagen y que afecta a una pequeña parte de los 27 kilómetros previstos en el proyecto".

Ante esta respuesta de la Junta al Ayuntamiento de Villavieja, el PSOE recuerda que "la propia sociedad promotora del proyecto minero y de planta de obtención de uranio en Retortillo, admite en sus escritos que la ejecución de dicho proyecto no ha dado comienzo. Así lo hace en su segunda solicitud de Licencia urbanística y 'autorización de inicio de las obras del proyecto minero de Retortillo'. Solicitud formulada el 8 de junio de 2016. Esta Licencia urbanística fue denegada por el Ayuntamiento de Retortillo a la empresa Berkeley el 19 de diciembre de 2018".

Por ello, desde el PSOE insisten en que "Berkeley no cuenta ni con Licencia urbanística para el repetido proyecto, ni tampoco le fue concedida la autorización para inicio de las obras que formuló en la misma solicitud. Lo que lleva a concluir de forma clara y rotunda que en ningún momento se ha producido el comienzo de la ejecución del proyecto minero para la extracción de uranio en Retortillo para el que obtuvo la DIA favorable de 25/09/2013".

Modificación sustancial el proyecto

Adquiere también importancia el contenido de varias condiciones que constan expresamente en la DIA. Esta declaración favorable de impacto ambiental se refiere de forma exclusiva al proyecto presentado por Berkeley y no otro distinto resultado de las "modificaciones que de forma unilateral y sin control pueda llevar a cabo la empresa promotora, según le resulte más conveniente a sus intereses en cada momento y que pudieran llegar a variar o incluso vaciar de contenido la DIA aprobada en su día".

"Berkeley ha llevado a cabo, no una, sino dos modificaciones sobre el proyecto inicial de 2012 que fue el aprobado en la ya repetida DIA y que es la que ha perdido vigencia por haberse producido la caducidad prevista en su condición número 16. En mayo de 2012 presentan sendas solicitudes de licencias urbanísticas ante los ayuntamientos de Retortillo y el de Villavieja de Yeltes con arreglo al proyecto inicial de 2012 y que es el aprobado en la DIA de 25/09/2013. Al comprobar que estas solicitudes y el procedimiento de autorización excepcional en suelo rústico no llegaban a buen puerto para sus intereses, la empresa Berkeley presenta escritos para solicitar desistir de este procedimiento, en mayo de 2016".

Seguidamente el 8 de junio de 2016, Berkeley presenta nueva solicitud de Licencia urbanística, pero ahora sólo ya ante el Ayuntamiento de Retortillo y con un proyecto distinto del aprobado por la DIA. "Es aquí donde se produce la primera modificación unilateral por Berkeley de este controvertido proyecto de mina de uranio ?señalan desde el PSOE-. Ahora secciona el proyecto, afirma por su cuenta que se trata de dos proyectos independientes, retira del proyecto la parte de 'Santidad', es decir todo lo que afecta al término municipal de Villavieja de Yeltes y presenta para esta nueva solicitud de licencia un proyecto referido a la mina de uranio y la planta, que es distinto al que obtuvo la DIA favorable", aseguran.

Esta licencia urbanística fue denegada por el Ayuntamiento de Retortillo con fecha 19 de diciembre de 2018. Actualmente está recurrida por Berkeley ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Más tarde, en febrero de 2019 la empresa "Berkeley presenta una nueva solicitud de licencia ante el Ayuntamiento de Retortillo, en este caso de una licencia parcial y para ello presenta un proyecto a su vez distinto de los dos anteriores. Estamos aquí en presencia de la segunda modificación unilateral que Berkeley hace del proyecto inicial, único para el que la Consejería de FyMA otorgó la DIA favorable".

En definitiva, "Berkeley por su cuenta y con el único objetivo de lograr sus intereses por cualquier vía, presenta una modificación del proyecto ya modificado y presentado a la licencia denegada. A ese proyecto presentado en 2016, le separa la parte de los terrenos afectados por la carretera SA-322, pues "no ha logrado en esta fecha llevar a cabo de forma legal el desvío que estaba previsto en el proyecto inicial".

Para el Grupo socialista en las Cortes, "el cumplimiento de las normas en un estado de derecho como el nuestro es una obligación tanto de la ciudadanía, como también de los poderes públicos y así lo recoge expresamente nuestra Constitución en su artículo 9. Cuestión que es aplicable a la exigencia de dar cumplimiento a todo el condicionado de la Orden FYM/976/2013 de 25 de septiembre, especialmente a la condición número 16 y declarar la caducidad de la DIA por haber transcurrido sobradamente el plazo previsto en la misma. Así como la condición de respetar en su integridad el proyecto evaluado y su prohibición de modificarlo".

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