El aforo en el interior de los locales estará limitado a un tercio del máximo permitido
El paquete de medidas presentado por la Junta de Castilla y León esta tarde permite la apertura de locales de ocio nocturno y discotecas a partir del próximo lunes. El aforo quedará limitado a un tercio del total. Cuando por norma general se ha establecido entre un 75% y un 80% para el resto de actividades.
La normativa específica para este tipo de locales es la siguiente:
3.31. Discotecas y resto de establecimientos de ocio nocturno.
1. Podrá procederse a la reapertura al público de locales de discoteca y salas de fiesta para consumo en el interior del local, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:
a) No podrá superarse un tercio del aforo.
b) El consumo dentro del local podrá realizarse en barra y en mesa o agrupaciones de mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal entre clientes de mesas o agrupaciones de mesas.
c) Cuando existiera en el local un espacio destinado a pista de baile o similar, el mismo podrá ser utilizado para instalar mesas o agrupaciones de mesas, no pudiendo dedicarse dicho espacio a su uso habitual.
d) El funcionamiento de emisores acústicos, en su caso, deberá estar limitado a un volumen que permita la conversación a distancia interpersonal de 1,5 metros sin necesidad de elevar la voz.
e) Deberá procurarse en todo caso el mantenimiento de la distancia interpersonal de 1,5 metros, en particular evitando aglomeraciones de personas que comprometan el cumplimiento de la misma, en la entrada o salida del local, o dentro del mismo.
f) Deberá procederse a la ventilación del local de forma completa al inicio y final de cada sesión de su actividad
g) En todo caso podrá procederse a la apertura de las terrazas al aire libre de estos establecimientos, si las hubiera, en las mismas condiciones que el resto de terrazas de establecimientos de hostelería y restauración.