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Elecciones generales 10N: Todo lo que hay que saber para votar este domingo 
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Elecciones generales 10N: Todo lo que hay que saber para votar este domingo 

Actualizado 10/11/2019
Redacción

¿Dónde se vota?, ¿cuál es el horario de los colegios electorales?, ¿qué documento puedo presentar para votar?, son algunas de las preguntas básicas

Y llegó el día. Este domingo, 10N, los ciudadanos tenemos una nueva cita con las urnas. Por si lo habías olvidado, por si tienes dudas o es la primera vez que vas a ejercer el derecho al voto, repasamos algunas cuestiones sobre cómo votar y desde qué hora están abiertos los colegios electorales. En esta ocasión, elecciones generales, hay que introducir dos papeletas en las urnas, blancas para el Congreso de los Diputados, y de color sepia para el Senado.

¿Dónde se vota?

Cada elector o electora habrá recibido de la Oficina del Censo Electoral una tarjeta censal con los datos actualizados de su inscripción en el censo electoral y de la Sección y Mesa en la que le corresponde votar.

Horario de apertura y cierre de los colegios electorales

Se puede votar desde las 9 horas del domingo y hasta las 20 horas. Los locales electorales abren una hora antes (a las 8 de la mañana) para la constitución de las mesas y para verificar que no hay problemas con el material electoral (urnas, cabinas, soportes señalizadores, sobres, papeletas, impresos acrediten a interventores e interventoras, apoderados y apoderadas...).

Si a las 20 horas quedasen en el local electoral, o en el acceso al mismo, personas que todavía no hubiesen votado, la Mesa les dejará votar, y no permitirá que lo haga nadie más.

¿Cómo se desarrolla la votación?

Solo se puede votar en la Mesa electoral que corresponda a cada elector o electora, salvo los interventores e interventoras que ejercen su derecho de sufragio en la Mesa ante la que están acreditados si pertenece a la misma circunscripción en la que están inscritos.

Cada votante se acercará a la Mesa y manifestará su nombre y apellidos a la Presidencia. Vocales e interventores e interventoras, comprobarán, a través de las listas del censo, su identidad y el derecho a votar. Entregará por su propia mano a la Presidencia el sobre o sobres de votación cerrados, quien sin ocultarlos en ningún momento a la vista del público dirá en voz alta el nombre y, añadiendo "Vota", le entregará de nuevo el sobre o sobres para que los introduzca en las urnas que correspondan.

¿Puedes votar si previamente habías solicitado el voto por correo?

Ante el supuesto de que una persona hubiera solicitado el voto por correo pero finalmente no lo hubiera remitido, ya no puede votar de manera presencial.

¿Cómo identificarse para votar?

Con el DNI, pasaporte, permiso de conducir (con fotografía).

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