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Una sentencia en Salamanca valida que no hay relación laboral entre Glovo y los repartidores
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Una sentencia en Salamanca valida que no hay relación laboral entre Glovo y los repartidores

Actualizado 26/06/2019
Redacción

La otra tuvo lugar en Barcelona y la empresa acumula ocho sentencias favorables a su modelo de negocio

Dos nuevas sentencias de los Juzgados de lo Social de Salamanca y Barcelona han dictaminado en la última semana que los repartidores de la startup son autónomos, reconociendo, de nuevo, la plena validez de su modelo de negocio. Hasta el momento, Glovo acumula ocho sentencias favorables a su modelo de negocio, cinco de ellas resueltas en menos de un mes.

Dichas sentencias reflejan, una vez más, a través de hechos probados y teniendo en cuenta el resultado de la Inspección de Trabajo que en 2016 ya validó el modelo de negocio de Glovo, que "la realidad material de la relación demostrada difiere considerablemente de una relación laboral, sin que concurran sus principales características y, por otra parte, se ajusta perfectamente a las condiciones definitorias del trabajo en régimen del TRADE, siendo además esta forma la que le dieron las propias partes al contrato suscrito".

Ambas sentencias coinciden que: "El trabajador es quien tenía el dominio completo de su actividad, sin estar sometido a la esfera organizativa y rectora de la empresa. Y ello porque no estaba sometido a un horario ni a jornada, es quien elegía y decidía los días en que trabajaba y en qué jornada lo hacía, qué encargos o recados deseaba realizar, pudiendo incluso rechazar un servicio que previamente había aceptado, sin sufrir con ello penalización alguna por parte de la empresa."

En conclusión, se expone que: "Era el propio demandante y no la empresa, quien programaba su actividad, y de quien dependía lo concerniente a su relación con el público, destinatario de los pedidos, asumiendo en definitiva el riesgo. Tales elementos desvirtúan la exigencia de la nota de dependencia típica de la relación laboral.

En definitiva, se concluye que "estamos ante un trabajador económicamente dependiente, y así manifestó su voluntad inequívoca al suscribir el contrato con la empresa".

Después de superar con éxito la primera inspección de trabajo a la que Glovo fue sometida en Barcelona, y tras haber recibido el apoyo de la justicia italiana y de nuevo la española recientemente, el modelo de negocio de Glovo en España se ve de nuevo reforzado gracias a esta resolución judicial.

La compañía, con sede en Barcelona, lamenta que España sea el único país en el que se están judicializando los casos, en lugar de optar por el diálogo y apostar por una regulación específica para un sector nuevo y con un gran impacto económico, en línea con Francia o Reino Unido, que están adoptando sendas leyes relacionadas con la modernización de la economía y las nuevas formas de trabajo.

Siguiendo el ejemplo de estos países, Glovo solicita un marco normativo adaptado a las nuevas relaciones laborales derivadas de la digitalización, sin destruir un modelo que se ha mostrado práctico y útil para todas las partes implicadas. Por ello, la startup española urge al Gobierno y al resto de agentes sociales agilizar la creación de una mesa de trabajo en la que estén presentes representantes del sector, de los trabajadores y de la Administración.

Actualmente Glovo ofrece la oportunidad de generar ingresos a más de 7.500 repartidores en España (media de 1.000 ? al mes por colaborar 27h semanales). Además, cuenta con más de 10.000 establecimientos asociados y potencia el comercio local, generando más de 33 millones de euros a las pymes asociadas en España en 2018. En el mismo año, más de 1,5 millones de clientes en nuestro país adquirieron bienes y servicios de pequeñas y medianas empresas gracias a Glovo.

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