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Mayor protección para los mayores, los consumidores más vulnerables 
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prohibida la venta puerta a puerta de gas y electricidad

Mayor protección para los mayores, los consumidores más vulnerables 

Actualizado 15/03/2019

Al comprar un producto o contratar un servicio por teléfono o internet hay 14 días de plazo para ejercer el derecho al desistimiento, es decir, cambiar de opinión

El Congreso de los Diputados aprobó el pasado mes de septiembre, por unanimidad, una Proposición no de Ley, PNL, presentada por el Grupo Socialista por la que se instaba al Gobierno a solicitar mayor protección para los consumidores mayores, los más vulnerables, tras la campaña de la OCU 'Consumidor mayor, mayor protección". En la PNL se solicitaba, entre otras medidas, que la Ley General de Consumidores recoja la figura del consumidor vulnerable y que las personas mayores gocen de esta mayor protección.

Hay que tener en cuenta que un 15% de la población española tiene 65 años y más. Este grupo de edad es uno de los sectores más importantes para el consumo, para también más vulnerable. Aunque no todos los mayores están condicionados por la edad, en ocasiones, su estado de salud, el desfase generacional o el nivel sociocultural, influyen en su capacidad para desenvolverse como consumidores.

Unas condiciones que hacen que se puedan encontrar en una situación de inferioridad respecto al consumidor medio, especialmente a la hora de realizar compras por internet. "Son nuevos estilos de compra", afirma Gracia Sánchez, la presidenta de la Asociación de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios, que destaca que para las personas mayores "es más difícil, tenemos que ir adaptándonos poco a poco" y conocer los derechos.

Al comprar un producto o contratar un servicio por teléfono o internet, los consumidores cuentan con una regulación especial que protege los derechos. Así, hay un plazo de 14 días para ejercer el derecho al desistimiento, es decir, para cambiar de opinión, recuerda la OCU.

Se acabó la venta puerta a puerta de gas y electricidad

Este colectivo también ha sido uno de los más afectados -con graves problemas y engaños- por la comercialización puerta a puerta, a la hora de contratar servicios energéticos. Sin embargo, desde el pasado mes de octubre, la Ley prohíbe la venta puerta a puerta de gas y electricidad, salvo que sea el cliente el que contacte para contratar el servicio, con sanciones de hasta 6.000 euros a las empresas que lo incumplan.

Según la OCU, comercializadoras de energía eléctrica y de gas han recurrido con asiduidad a la táctica de enviar comerciales a domicilio para captar nuevos clientes. El 33% de los nuevos contratos de electricidad, el 30% de los de gas y el 52% de los combinados se han realizado por esta vía, lo que es inusual en otros ámbitos del consumo.

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