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En la próxima declaración de la Renta entra en vigor un nueva desgravación de 1.000 euros por...
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tendrá efecto en la campaña que comienza en abril

En la próxima declaración de la Renta entra en vigor un nueva desgravación de 1.000 euros por...

Actualizado 22/01/2019
El Norte de Castilla

Las madres trabajadoras deben solicitar a los centros infantiles que cumplimenten el modelo 233 antes del 15 de febrero

Las mujeres con hijos menores de tres años que ya se aplican el mínimo por descendientes y que realizan una actividad por cuenta propia o ajena con alta en la Seguridad Social o mutualidad podrán además este año minorar la cuota diferencial de su IRPF hasta en 1.000 euros anuales si llevan al niño o niña a una guardería o centro de educación infantil autorizado.

Se trata de una medida para favorecer la incorporación de la mujer al mercado laboral y facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral. En caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia recaiga de forma exclusiva en el padre, éste tendrá derecho a la deducción, siempre que cumpla los requisitos.

Esta desgravación es un extra sobre los 1.200 euros anuales que ya se deducen en el IRPF o se cobran a razón de 100 euros al mes. Es una medida aprobada en los Presupuestos del anterior Gobierno, que tendrá efecto por primera vez en la campaña de la Renta que comienza en abril.

La declaración informativa (modelo 233) por gastos en guarderías o centro de educación infantil autorizados deben presentarla exclusivamente las guarderías o centros y en ningún caso deben hacerlo los padres o tutores. Para la práctica de esta deducción estatal no es necesario aportar ningún justificante emitido por la guardería, si bien se debe comunicar al centro que se tiene derecho a ella.

La presentación de esta declaración informativa debe realizarse en el mes de enero; no obstante, este año, al ser novedad, podrá presentarse hasta el 15 de febrero.

Según informa la Agencia Tributaria, en el año en que el hijo menor cumpla tres años se puede aplicar la deducción respecto de los gastos incurridos con posterioridad al cumplimiento de dicha edad hasta el mes anterior a aquél en que pueda comenzar el segundo ciclo de infantil.

La guardería debe informar de todas las cantidades que le hayan sido abonadas durante el ejercicio de 2018 ?desde la inscripción y la matricula a la asistencia y también la alimentación?, independientemente de quién lo haya satisfecho: madre, padre, tutor o la empresa en la que trabaje cualquiera de ellos.

Tampoco se restará de este importe total la parte del precio que pudiera estar subvencionada, si bien ésta deberá incluirse en el campo correspondiente porque el derecho a la deducción, con el tope de 1.000 euros, se aplica solo a lo que paga el contribuyente de su bolsillo.

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