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Lotería de Navidad: Consejos para proteger, repartir y cobrar los premios
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en caso de pérdida o robo, denunciar

Lotería de Navidad: Consejos para proteger, repartir y cobrar los premios

Actualizado 22/12/2018
Redacción

Este año, el mínimo exento de pagar impuesto se ha elevado de 2.500 a 10.000 euros

La Lotería de Navidad del 22 de diciembre es uno de los sorteos con más tradición, en el que participa la gran mayoría de la población, a menudo con pequeñas participaciones o compartiendo décimos con familiares y amigos. Para estos casos, la Organización de Consumidores y Usuarios, OCU, ofrece una serie de recomendaciones que deben tenerse en cuenta para evitar problemas:

-Un décimo de Lotería es un documento al portador y, en principio, el premio lo recibe quien lo tiene en su poder.

-Si se comparte lotería, basta con que el depositario del décimo lo fotocopie y entregue a cada participante una copia firmada (con el nombre y DNI del depositario) en la que se indique que tal persona juega en ese número, serie, fracción y sorteo, una cantidad de euros determinada.

-También se suele enviar una foto del décimo por email o por WhatsApp. Esto puede ser una prueba, siempre y cuando aparezcan los datos del depositario, los participantes y la participación de cada uno. No obstante, si la otra parte impugna esa prueba por considerar que se ha manipulado, habría que demostrarlo.

-Si un miembro de la pareja decide cobrar por su cuenta el décimo y no compartir las ganancias, es conveniente saber que si el matrimonio es en gananciales, se reparte el 50% para cada uno y si el régimen económico es de separación de bienes, el premio es del que lo ha comprado, salvo que se pueda acreditar que se ha comprado a medias.

Si lo roban o se pierde del número

En caso de pérdida o robo del décimo es fundamental denunciarlo ante la Policía Nacional o Guardia Civil del lugar donde ocurrió el hecho. En la denuncia se debe hacer constar el mayor número de datos posible y todas las circunstancias del hecho, aportar posibles pruebas ?fotos o fotocopias del décimo?, identificando el documento número, serie y fracción. Además, hay que comunicar por escrito el hecho al organismo Loterías y Apuestas del Estado. Con la denuncia es posible paralizar el pago hasta que el juez resuelva quién es el verdadero dueño.

Dónde y cómo cobrar el premio

A la hora de cobrar un premio compartido hay que identificar en el banco a cada ganador y su porcentaje de participación. Una vez hecho esto, los bancos pueden abonar el premio entero en la cuenta de la persona que ya es titular de una cuenta en ese banco y que después repartirá según lo convenido. Algunas entidades ofrecen la posibilidad de pagar a cada participante mediante cheque o transferencia. OCU recomienda no cobrar el premio solo una persona sin identificar a los otros participantes, ya que al repartirlo puede parecer que está donando el dinero, lo que obligaría al pago del impuesto de donaciones. Si el premio es menor de 2.500 euros, es posible cobrarlo en cualquier punto de venta de la red de Loterías. A partir de esa cifra se debe recibir en una de las entidades colaboradoras, que no podrán cobrar ninguna comisión ni exigir contraprestación.

Este año, menos impuestos

En enero de 2013 entró en vigor un gravamen especial sobre loterías que obligaba a tributar por el 20% de los premios de importe superiores a 2.500 euros, quedando exentos de tributar los premios de importes inferiores. Este año, ese mínimo exento se ha elevado de 2.500 a 10.000 euros.

En el caso de la Lotería de Navidad, por tanto, solo habrá que tributar si toca uno de los cuatro primeros premios, ya que solo estos superan los 10.000 euros al décimo. En estos casos, aunque se juegue una pequeña cantidad y lo que corresponda sea menos de 10.000 euros, hay que pagar impuestos, y esta retención se prorrateará entre las participaciones en la proporción correspondiente.

Si el décimo es compartido, hay que tener en cuenta que Hacienda retiene automáticamente este 20% (sobre la cantidad que exceda de 10.000) por cada décimo, no por cada persona agraciada. Es decir, se descuenta el impuesto y después se reparte la cantidad neta entre los partícipes.

La cuantía del resto de premios del sorteo de Navidad es inferior a los 10.000 euros por décimo, por lo que en esos casos se recibirá el importe íntegro, sin retención. El premio no se declara en el IRPF, pero los rendimientos que genere, sí.

Claves para evitar problemas

-Guardar los décimos y hacer fotocopias del anverso y del reverso.

- Si se comparten décimos, hacerlo constar por escrito o en un soporte duradero; las palabras se las lleva el viento y en caso de conflicto no sirven como prueba.

- Si se encargan o intercambian décimos enteros, procurar recogerlos y pagarlos antes del sorteo.

- Si se pierde el número, denunciar en Comisaría y en Loterías y Apuestas del Estado.

- Si el décimo se estropea, por ejemplo, porque se cuela en la lavadora, hay que enviarlo a la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, que determinará si se puede cobrar el premio. Y si está muy irreconocible, será la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre la que se pronuncie. En esos casos, no se debe intentar recomponerlo y debe entregarse en un sobre de plástico.

- Y en el peor de los casos? Los tribunales atienden a otras pruebas para dictar el abono del premio: el hecho de que nadie lo reclame, el análisis de los fragmentos, el testimonio del vendedor.

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