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El inspector jefe regional de Hacienda explica las novedades fiscales 2017 
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El inspector jefe regional de Hacienda explica las novedades fiscales 2017 

Actualizado 29/03/2017

Jornada organizada por la Facultad de Informática, en colaboración con Solucyl y Wolters Kluwer

La Facultad de Informática, en colaboración con Solucyl y Wolters Kluwer, organizó ayer en el Aula de Grados la jornada informativa 'Novedades fiscales 2017' a cargo del inspector jefe de la Unidad Regional de Inspección de Castilla y León de la Agencia Tributaria (AEAT), Agustín Turiel Martínez. El responsable presentó la conferencia 'Novedades fiscales 2017: cambios administrativos y de relación digital con Agencia Tributaria, efectos de Ley de Procedimiento Administrativo y Jurisprudencia'. En la inauguración estuvieron presentes Alfonso J. López Rivero, decano de la Facultad de Informática; Luis Gerardo Díez, director de Proyectos en Solucyl, y Rafael Laclaustra Vacas, director de zona noroeste asesorías en Wolters Kluwer.

El acto comenzó con la intervención de Alfonso López Rivero, decano de la Facultad de Informática, quien agradeció a las entidades organizadoras y patrocinadoras su colaboración y presentó, junto con el Grado en Ingeniería Informática, el título que se imparte de Administración y Dirección de Empresas Tecnológicas (ADET) en la UPSA, "una titulación imprescindible en los avances tecnológicos que se desarrollan en la Administración Pública y en otras entidades privadas".

El decano dio paso a Gerardo Díez, director de proyectos de Solucyl, quien explicó a los asistentes su intención de "llevar a las empresas innovadoras herramientas de gestión para hacer la vida más llevadera, sobre todo en la comunicación que exigen las administraciones públicas".

Posteriormente, el inspector jefe de la Unidad Regional de Inspección de Castilla y León de la AEAT, Agustín Turiel Martínez, explicó a los asistentes los cambios legislativos del 2017. Entre las modificaciones el inspector destacó tres: el R.D.L. 3/2016 del 2 de diciembre "por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social"; el R.D.L 1/2017 del 20 de enero "de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de claúsula suelo", y el Real Decreto 596/2016 del 2 de diciembre "que va a desarrollar el Suministro Inmediato de Información (SII) y que supone un cambio de filosofía en las empresas. No es tanto una novedad legislativa, como informática de remisión de documentos a la Administración Pública", indicó.

"El Gobierno considera el SII como la novedad más importante de 2017 para la modernización de mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA, porque las empresas que tributen mensualmente el IVA tendrán que remitirlo a la Agencia electrónicamente". El inspector jefe planteó este supuesto con las siguientes premisas: siempre que la facturación sea superior a seis millones de euros, para los grupos de IVA, para las empresas que estén inscritas en el REDEME, y para las entidades voluntarias cuyo periodo de declaración sea mensual. "En mayo de 2017 habrá un plazo de renuncia para poder salir del REDEME si no se facturan seis millones de euros", indicó el responsable.

Con el SII no se informará del importe de las retenciones reflejadas en factura; se tendrá que realizar a través de la sede electrónica AEAT o de un formulario electrónico; es posible la remisión a través de terceros y las facturas emitidas o recibidas se podrán agrupar, siempre que se cumplan los requisitos y se enviaránlos registros de facturación del asiento resumen. Por su parte, la Agencia Tributaria ofrecerá datos de contraste de los registros de facturación suministrados poniendo a disposición del contribuyente la información obtenida de clientes y proveedores. Respecto a las facturas recibidas, el inspector jefe indicó que tendrán que remitirse durante los cuatro días naturales desde la fecha en que se produzca el registro contable de la factura "siempre que sea empresario profesional, sea una deducción objetiva de la actividad profesional y se realice con factura física".

También el experto explicó los plazos de remisión electrónica de anotaciones registrales "se excluyen los sábados, domingos y festivos nacionales, en el segundo semestre de 2017 el plazo de cuatro días se amplía a ocho días naturales y los sujetos pasivos que apliquen el SII desde el 1 de julio de 2017 estarán obligados a remitir los registros de facturación del primer semestre antes del 1 de enero de 2018, excepto lo que estén en el REDEME que no tendrán que remitir nada", apuntó.

Respecto a los deterioros reversibles el inspector jefe ha explicado que desde 2017 no serán deducibles "las pérdidas por deterioro inmovilizado material, así como las inversiones inmobiliarias e inmovilizado intangible, incluido el fondo de comercio (...) La legislación tributaria cada vez se aparta más del Plan General Contable de las pérdidas no realizadas y las provisiones, y los deterioros no realizados se van quitando del resultado contable".

Respecto a los intereses indemnizatorios que han obtenido los afectados por las 'Cláusulas Suelo' Turiel Martínez ha indicado que "hay que hacer una única declaración en el periodo en el que se produce la sentencia, pero sin incluir los intereses de demora, y no hay que hacer nada cuando con los intereses se amortiza una parte del préstamo principal".

El inspector jefe se refirió también al cambio aplicado en la Ley General Tributaria "que abría la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de las retenciones e ingresos a cuenta". Y se refirió a los nuevos supuestos de no aplazamiento ni fraccionamiento: "de las liquidaciones con resolución firme que previamente han sido objeto de suspensión durante el correspondiente recurso en sede administrativa o judicial; ni se admite el aplazamiento del IVA, se haya o no cobrado; ni las derivadas de tributos repercutidos", aclaró.

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