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El próximo curso escolar arrancará el 12 de septiembre 
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CALENDARIO 2016/2017

El próximo curso escolar arrancará el 12 de septiembre 

Actualizado 09/06/2016

Las pruebas extraordinarias en educación secundaria obligatoria, FP inicial y bachillerato serán el 1, 2 y 5 de septiembre

Los centros educativos de Castilla y León comenzarán las actividades escolares del curso 2016/2017 el próximo 1 de septiembre y finalizarán el 30 de junio de 2017, tal y recoge el calendario escolar publicado este jueves en el Bocyl por la Consejería de Educación. Las actividades lectivas del curso darán comienzo a partir del día 12 de septiembre (segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Especial, Educación Primaria, alumnado de Secundaria Obligatoria que se encuentra escolarizado en centros de educación primaria).

El 19 de septiembre comenzarán las actividades lectivas en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, segundo curso de ciclos formativos de Grado Superior de FP inicial y de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño; enseñanzas en régimen nocturno.

El 26 de septiembre comenzarán las clases de los ciclos de formación profesional básica, ciclos formativos de Grado Medio y primer curso de ciclos formativos de grado superior de formación profesional inicial y de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.

El 28 de septiembre comenzarán en las enseñanzas impartidas en centros y aulas de educación de pesonas adultas, enseñanzas a distancia. Y el 3 de octubre, enseñanzas de idiomas y enseñanzas elementales y profesionales de música y danza.

Las actividades lectivas finalizarán el 23 de junio de 2017, salvo para los alumnos de segundo curso de ciclos formativos de Grado Superior de FP inicial y de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, que lo harán el 7 de junio.

Los centros que impartan segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación especial, durante el mes de septiembre desarrollarán las actividades lectivas en horario matinal sin modificar el cómputo de horas lectivas diarias y durante el mes de junio realizarán jornada continua de 4 horas, en horario matinal.

Pruebas extraordinarias y segunda sesión de evaluación final de ciclos formativos

Las pruebas extraordinarias para el alumnado de educación secundaria obligatoria, ciclos de formación profesional inicial y bachillerato se realizarán el 1, 2 y 5 de septiembre. Las pruebas extraordinarias para el alumnado de enseñanzas elementales y profesionales de música y danza se realizarán hasta el 6 de septiembre. La segunda sesión de evaluación final de formación profesional inicial se realizará hasta el día 5 de septiembre.

Periodos vacacionales

Navidad: del 22 de diciembre de 2016 al 8 de enero de 2017

Semana Santa: Del 5 de abril al 16 de abril, inclusive.

Además de los festivos establecidos en el calendario laboral de la Comunidad, tendrán la consideración de días no lectivos el 31 de octubre de 2016 -Día del Docente- el lunes, 5 de diciembre de 2016 y los días 27 y 28 de febrero de 2017 -fiestas de Carnaval-.

Modificaciones en el calendario

No obstante, los centros docentes pueden solicitar cambios en el calendario escolar. Para ello, deben solicitar su modificación a las direcciones provinciales de Educación hasta el 29 de julio en los casos que afecten a las fechas de inicio de las actividades lectivas y hasta el 30 de septiembre para el resto y, en el caso de centros sostenidos con fondos públicos, la solicitud debe informarse por el Consejo Escolar o por el Consejo Social, en el caso de Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP). Además, los centros que comparten los servicios de comedor o transporte escolar tienen que acordar y solicitar individualmente la modificación de los mismos días, para que de esta forma dispongan del mismo calendario escolar. Los directores de los centros implicados deben indicar en su solicitud los centros con los que comparten los servicios.

La posibilidad de solicitar dichos cambios pretende conjugar un marco común para toda la Comunidad de Castilla y León con la especificidad de cada centro y sus circunstancias, teniendo en cuenta su autonomía en lo relativo a la organización y distribución del tiempo escolar.

Asimismo, aunque la solicitud la realizan los centros, los ayuntamientos o los consejos escolares municipales, si se da el caso, pueden promover la coincidencia de dichas modificaciones entre todos los centros de su municipio. La normativa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte fija un mínimo de 175 jornadas por curso para las enseñanzas obligatorias. En todo caso, las modificaciones no afectarán al cómputo total de días lectivos del curso establecidos en el calendario para cada enseñanza.

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