La naturaleza de la participación a desarrollar por la Agrupación se delimitará a la colaboración en tareas de apoyo logístico y de apoyo social y humanitario
El Reglamento regula la organización, funciones y actividad de esta Agrupación, sin perjuicio de las competencias estatales y autonómicas en dicha materia. Establece, además, los derechos y deberes de los voluntarios en cuanto miembros de
Estas alegaciones se han aprobado con el fin de delimitar de forma más clara las funciones de la organización y flexibilizar los requisitos para quienes quieran formar parte de la misma. En este sentido, respecto al texto inicial, se ha modificado la edad máxima de
Junto a estos requisitos, el Reglamento también establece que la persona debe superar las pruebas de aptitud psicofísica y de conocimientos que se determinen, tener disponibilidad de tiempo para tareas objeto de protección civil, superar un curso de formación y selección y no pertenecer a otra organización de voluntarios que intervengan en emergencias. Una vez superado el curso de selección y formación, y a partir de la fecha de nombramiento, el voluntario permanecerá durante un año en la agrupación con carácter provisional. Transcurrido este período se incorporará con carácter indefinido.
Finalidad de
Tal y como contempla el Reglamento, el ámbito territorial de actuación de
La naturaleza de la participación a desarrollar por