Tendrá que ser ratificada por el próximo pleno municipal y permite a los grupos de la oposición disponer de un colaborador más cada uno
La Comisión de Hacienda ha dado hoy el visto bueno a la aprobación definitiva del Reglamento Orgánico y de Funcionamiento Municipal, que deberá ser ratificada por el próximo Pleno Municipal este viernes, 9 de octubre, tras desestimarse las tres alegaciones presentadas.
La modificación del reglamento tiene como objetivo facilitar más medios a los grupos de la oposición para desarrollar su labor. En concreto, permite tanto al PSOE como a Ciudadanos y a Ganemos disponer de un colaborador más cada uno, al margen del coordinador que se puso a disposición de estos grupos con representación en el Ayuntamiento. Próximamente se les dotará, además, de más espacios físicos en el Consistorio, que se están reformando.
Estas mejoras para los grupos de la oposición están justificadas en el artículo 27 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones locales, que recoge que el Ayuntamiento debe garantizar una cobertura suficiente de medios materiales y personales a todos los grupos políticos.
El Reglamento Orgánico y de Funcionamiento municipal fue aprobado en el año 1998 y la reciente entrada en el Ayuntamiento de dos nuevos grupos políticos con un importante nivel de representación, (cuatro concejales tanto Ciudadanos como Ganemos), motiva que algunos artículos del Reglamento, en concreto los referidos al personal del que pueden disponer los grupos, resulten insuficientes para garantizar el desarrollo de las funciones que les corresponde.
Asimismo y teniendo en cuenta las exigencias del trabajo que requiere la gestión de un Ayuntamiento como el de la ciudad de Salamanca, era necesaria una nueva regulación del número máximo de concejales entre todos los grupos políticos que pueden acogerse al régimen de dedicación exclusiva, excluyendo al alcalde del límite del tercio del número legal de nueve miembros de la Corporación. De este modo, el Gobierno municipal podrá contar con un concejal más en régimen de dedicación exclusiva.
Asimismo, la modificación del reglamento introduce una regulación más detallada de las dedicaciones parciales en el Ayuntamiento, ajustándose a la regulación legal sobre el particular. En concreto, y frente al reglamento actualmente vigente, que no limitaba el número de dedicaciones parciales, la modificación aprobada hoy limita su número a nueve para toda la Corporación y establece la necesidad de justificar los motivos que fundamentan que un concejal se acoja a este régimen.