... de aquellos polvos, tenemos estos lodos. Ahora a intentar quitar el barro pegado.
Este curso académico 2014/15 , tenemos normas y ley nueva de educación; entre los varios cambios a los que acometemos, para este día, quiero centrarme en la Ley 3/2014, de 16 de abril, de autoridad del profesorado. Y dentro de ella, para no caer en el tedio, resalto sólo dos o tres apartados de interés para el escrito actual.
...Al profesorado en el desempeno de su funcion docente se le reconocen los siguientes
derechos:
a) Al respeto de su identidad, integridad, dignidad y consideracion hacia su persona por parte del alumnado, sus padres, madres y familiares y representantes legales, el resto del profesorado y otro personal que preste su servicio en el centro docente y de la administracion educativa.
b) A la posibilidad de adoptar ... las decisiones que considere precisas en el ambito de sus funciones con la finalidad de mantener un ambiente adecuado de convivencia y respeto....
c) ...
CAPITULO II
Proteccion juridica del profesorado
Articulo 5. Autoridad publica.
El profesorado, en el ejercicio de las funciones de gobierno, docentes, educativas y disciplinarias que tenga atribuidas, tendra la condicion de autoridad publica y gozara de la proteccion reconocida a tal condicion por el ordenamiento juridico.
Articulo 6. Presuncion de veracidad.
En el ejercicio de las actuaciones de correccion y disciplinarias, los hechos constatados por el profesorado gozaran de presuncion de veracidad...
Ahora, queda la inseguridad de si se podrá llevar a efecto o no, asalta la duda que durante muchos años planeaba sobre la cabeza de muchos docentes, la conveniencia o no de seguir en una docencia cada día más relegada, retorcida y restringida.
Nuestra ley educativa , nos da libertad de cátedra, pero... la " ley " que habían impuesto a nivel práctico algunos alumnos y sus respectivos tutores no nos dejaba llevarla a cabo en algunos casos y en otros muchos generaba muchas zancadillas en el aula. Teníamos que consentir, en el aula ( y si no lo consentías el reprendido eras tú) utilizar todas las artimañas de acusación,retención,confusión y todas las ...on que se les ocurra para paralizar , nuestro trabajo ; y lo que antes era una rareza se convirtió en algo ordinario, y lo más triste se acepto como " normal"
El maestro , tenía ( espero que fuera pasado ) una descarnada indefensión ante alumnos conflictivos , mentirosos compulsivos , o vagos empedernidos etc, a los que se le dedica un esfuerzo en balde, con el único premio del disgusto diario y la protesta del padre ciego de la realidad en la que vive su hijo. Alumnos que no intentan conseguir la conocimientos mínimos , los comportamientos, las actitudes necesarias para el buen funcionamiento de ellos y del centro educativo y ante esto sólo se puede aplicar( esto poco ha cambiado ) medidas disciplinarias irrisorias, para no caer en el " maltrato psicológico que le acarreé una depresión y a la vez evitar las protestas desairadas de unos padres, que claman por la injusta sanción a su maravilloso hijo" . Padres que tienen los bemoles de poner como primer objetivo para su hijo , dentro de la enseñanza, " que se lo pase bien "; pero entonces, ¿no debería de estar en un parque temático?? O, ¿si trabaja, es infeliz? ¡Menudo problema! Pues en la vida nadie regala nada, todo se consigue con trabajo y esfuerzo .
Decía Gregorio Luri, " que la escuela ha perdido su razón pedagógica en favor de una razón terapéutica que ve el fracaso escolar o la indisciplina como un problema que padece el alumno y que es, por supuesto, involuntario ".
El método terapéutico libera de culpa a todos los implicados. ¡Y al final todo acaba en manos de un terapeuta o en inacabables clases de refuerzo!
Espero que desaparezcan mis fantasmas , y esta ley sea la lanzadera de la educación y la formación y no nos quedemos en un " Challenger" .
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