LAS ARRIBES
Actualizado 30/05/2023 14:23:09
Miguel Corral

Si el partido perjudicado en la decisión decide recurrir a la vía judicial-electoral podria aplazarse la toma de posisión de los nuevos concejales más allá del 17 de junio

La introdución de un papel amarillo en el sobre de votación con instrucciones al elector sobre el voto a favor del candidato de Ciudadanos en Vitigudino, José Antonio Pérez Blanco, y que en un principio fue declarado nulo por la mesa electoral, mantiene en el aire el resultado final de las elecciones en esta localidad.

Lo ajustado del dato para la obtención del último de los 11 concejales, de que consta la Corporación, hace que un solo voto determine si el PP obtendrá finalmente 5 concejales o por el contrario se pudiera quedar con 4 y que fuese Cs el que pasase de 1 a tener 2 ediles, lo que determinará finalmente qué partido será el que logre la Alcaldía. Esto es así porque los 4 concejales obtenidos por el PSOE, junto con los dos de Cs serían suficientes para alcanzar la mayoría absoluta, lo que dejaría en la oposición a los cuatro ediles del PP al resultar insuficiente un posible pacto con VOX, fuerza que obtuvo un único concejal.

Por el contrario, si finalmente el voto de Cs es considerado nulo, al PP le bastaría pactar con VOX para lograr la mayoría absoluta, como ya explicó la noche electoral LAS ARRIBES AL DÍA.

Los plazos para determinar si el voto es válido o no, incluso otros que como este también se dieron por nulos –porque nadie pensó en ese momento que un solo voto o dos o tres, a lo sumo pudieran tener tanta importancia en el recuento final-, se aceleran para despejar lo más rápidamente la incógnita, pero el proceso tiene sus pasos.

El primero tendrá lugar el próximo viernes en Vitigudino, cuando la Junta Electoral de Zona, con presencia de repreentantes de los partidos políticos, examine los votos nulos, o al menos el que tiene en el interior del sobre el papel amarillo. Una vez verificados los votos nulos los partidos que lo deseen podrán presentar la reclamación en el sentido que deseen sobre el voto o los votos considerados nulos en las mesas electorales, acto para el que dispondrán de 24 horas. A partir de las reclamaciones presentadas, la Junta Electoral de Zona determinará a la mayor brevedad si el voto o votos son nulos o no, pero el recorrido no acaba ahí.

Dada la importancia de la decisión, cualquiera que sea, hará que el partido perjudicado presente recurso ante la decisión, lo que deberá resolver la Junta Electoral Central en Madrid, decisión que se proiducirá de forma rápida, antes del 17 de junio, fecha de constitución de los ayuntanientos. Pero el recorrido del voto nulo podría incluso alargarse más si el partido perjudicado decide recurrir a la vía judicial electoral, lo que acabaría con un recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y de ahí al Supremo y de ahí al Constitucional, último estamento contra el que no cabe más recursos.

Por ello, en el caso de que la reclamación brincase a la vía judicial-electoral, podría posponerse la toma de posesión de la nueva Corporación, lo que a tenor de lo que suele suceder en Vitigudino, parece más que probable.

Según el art. 96.2 de la Ley Electoral, el voto es nulo: En el caso de elecciones al Congreso de los Diputados, a los Ayuntamientos y a los Cabildos Insulares serán también nulos los votos emitidos en papeletas en las que se hubiera modificado, añadido, señalado o tachado nombres de los candidatos comprendidos en ella o alterado su orden de colocación, así como aquellas en las que se hubiera producido cualquier otro tipo de alteración.

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