Entran en vigor el jueves 1 de octubre de 2026, con nuevas obligaciones para conductores, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes.
La Dirección General de Tráfico (DGT) acomete una profunda reforma del Reglamento General de Circulación para adaptar la normativa a los nuevos modelos de movilidad urbana e interurbana. Tras dos décadas sin cambios significativos, el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, introduce una serie de obligaciones y restricciones que entrarán en vigor el próximo 1 de octubre.
El principal objetivo de esta actualización es reforzar la seguridad de los usuarios vulnerables, un colectivo que incluye a peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP). La reforma sitúa a las personas en el centro de la movilidad, regulando de forma más estricta la convivencia entre los diferentes medios de transporte.
Las nuevas directrices eliminan exenciones históricas y endurecen las sanciones para garantizar un tránsito más seguro. A continuación, se detallan los cambios más significativos que afectarán a cada tipo de usuario en las carreteras y calles españolas.
A partir del 1 de octubre, los conductores de turismos que deseen adelantar a una bicicleta en vías interurbanas deberán reducir su velocidad en 20 km/h por debajo del límite máximo de la vía. En el ámbito urbano, se establece la obligación de mantener una distancia de seguridad de cinco metros al circular detrás de un ciclista.
Por su parte, los ciclistas ganan ciertos derechos de fluidez, como la posibilidad de rebasar a vehículos a motor por ambos lados. Además, en calles de un solo carril por sentido limitadas a 30 km/h, se les permitirá circular en doble sentido. No obstante, se prohíbe de forma tajante su circulación por las aceras, salvo para menores de 12 años, y se elimina la exención de llevar casco en carretera por motivos de calor extremo o pendientes prolongadas.
Los motoristas contarán con una regulación específica que les permitirá, de forma extraordinaria, circular por el arcén derecho en situaciones de congestión de tráfico o retenciones. Esta medida solo será aplicable en tramos previamente señalizados, debiendo circular en fila de a uno y a una velocidad máxima de 30 km/h. El incumplimiento de estas condiciones se sancionará con una multa de 200 euros.
En cuanto al equipamiento, pasa a ser obligatorio el uso de guantes de protección en vías interurbanas y de calzado cerrado en cualquier tipo de vía. Asimismo, los motoristas deberán llevar un chaleco reflectante de manera obligatoria en caso de sufrir una avería en la carretera.
Los vehículos de movilidad personal (VMP) se someten a un control mucho más estricto. La DGT establece una edad mínima de 15 años para poder conducir un patinete eléctrico. Todos los usuarios de estos dispositivos deberán llevar casco de protección obligatorio y un chaleco reflectante si circulan durante la noche o en condiciones de baja visibilidad.
Los patinetes deberán mantener el alumbrado encendido las 24 horas del día, bajo amenaza de sanción de 200 euros en caso de incumplimiento. Al igual que las bicicletas, tienen prohibido circular por las aceras y deberán transitar por el centro del carril siempre que sea posible.
La nueva normativa suprime exenciones históricas en el ámbito urbano para los profesionales del transporte. Los taxistas, repartidores de mercancías en tareas de carga y descarga, y los profesores de autoescuela estarán obligados a llevar abrochado el cinturón de seguridad en todo momento cuando circulen por poblado.
Por otro lado, los repartidores o riders que utilicen bicicletas, VMP o motocicletas para su actividad laboral deberán vestir obligatoriamente casco y chaleco reflectante de alta visibilidad durante toda su jornada. No cumplir con esta medida se considerará una infracción grave con una multa de 200 euros.
En caso de retenciones por accidente en autopistas y autovías, los conductores tendrán la obligación de orillarse para crear un carril de emergencia central que facilite el paso de los servicios de rescate. En vías de dos carriles, este espacio se abrirá en el centro; en calzadas de tres o más carriles, se habilitará entre el carril izquierdo y el contiguo.
Asimismo, se prohíbe realizar adelantamientos en autovías cuando las condiciones de nieve dificulten la circulación, priorizando el paso de los vehículos de mantenimiento. Por último, la DGT iniciará una fase de pruebas con límites variables de velocidad en Cataluña (carreteras AR7 y AP2), donde paneles luminosos reducirán el límite de 120 km/h a 100, 80 o 60 km/h ante inclemencias meteorológicas o accidentes.
El Real Decreto contempla una moratoria de un año para dos exigencias técnicas concretas. Por un lado, la obligación de que los cascos de los ciclomotores estén homologados bajo la norma UNECE R22 se pospone hasta el 1 de octubre de 2027. Hasta esa fecha, se permitirá el uso de cascos simplemente certificados.
Por otro lado, aunque el uso de luces en los patinetes eléctricos es obligatorio desde este año, la exigencia de llevar el alumbrado diurno encendido no será sancionable hasta la misma fecha de 2027, otorgando un plazo de adaptación para los fabricantes y usuarios.