Durante la apertura el año judicial y, en presencia del Rey, la presidenta del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, Isabel Perelló, realizó unas declaraciones no exentas de polémica en las que arremetía contra miembros del Gobierno que habían criticado a miembros del Poder Judicial por dictar resoluciones judiciales por razones políticas y no estrictamente jurídicas. La presidenta calificó de “extrema gravedad” a las acusaciones realizadas diciendo, además, que “cada vez que se ataca a un juez, se ataca al Estado de Derecho”.
La verdad es que en los últimos tiempos y, sobre todo desde que Aznar pronunció la lapidaria frase de “el que pueda hacer que haga”, en referencia a todas las acciones u omisiones posibles –legales o no- que deben hacer los ciudadanos y los poderes públicos para conseguir que el presidente del Gobierno y el Ejecutivo en pleno abandonen el poder, se han incrementado las acciones contra el Gobierno y su presidente. No importan los medios utilizados si se consigue el fin pretendido. De ahí que haya resoluciones judiciales muy sospechosas de ser calificadas como “lawfare” que persigan el acoso y derribo de Pedro Sánchez y su Gobierno.
Si no fuera así, no se entendería que el Tribunal Supremo haya condenado, sin pruebas, al ex Fiscal General del Estado por revelación de secretos, estableciendo en los Fundamentos de Derecho de la sentencia condenatoria que la filtración del correo fue realizada “por él o por alguien de su entorno”, una fórmula basada en indicios y no se puede condenar a alguien por meros indicios que no se hayan declarado probados.
Si no fuera así, no se habría imputado a la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, por –entre otros tipos delictivos- tráfico de influencias con la peregrina argumentación de que al ser esposa del presidente del Gobierno, en sí ya supone que pueda acceder a puestos de trabajo de manera más fácil que cualquier otro ciudadano”. Este argumento es, además, reaccionario y machista, ya que por ser la mujer del presidente no podrá acceder a ningún tipo de empleo.
En relación a la esposa del presidente, no se queda ahí la cosa. Sabemos que han absuelto a la agitadora Pilar Balsega por mantener en un programa de televisión que difundió falsamente que Begoña Gómez era transexual y llamarla con absoluto desprecio y con ánimo de injuriar, “Begoño”, además de involucrarla en casos de narcotráfico. Recordemos, por su parte, que en enero de este año la justicia francesa ha condenado a 10 personas por ciber acoso al difundir en redes sociales el bulo de que la esposa de Emmanuel Macron, presidente de Francia, era “un hombre que se cambió de identidad”.
Y, no obstante, el colmo del despropósito judicial más reciente lo ha protagonizado también el Tribunal Supremo, en la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, esta semana, al dejar sin derecho al voto a los cientos de miles de españoles que habían obtenido la nacionalidad española en virtud de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática, conocida en este aspecto como la “Ley de nietos”. Esta ley posibilita que los descendientes de los miles de españoles del bando republicano que salieron al exilio después de la Guerra Civil y perdieron la nacionalidad española, la soliciten y, en consecuencia, esa nacionalidad les otorga el derecho al voto. Una resolución judicial que ha sido producto de la interposición de un recurso por parte de la ultra derecha ante el Tribunal Supremo, que ha decidido suspender cautelarmente el derecho al voto de estos cientos de miles de ciudadanos españoles. Es incomprensible, porque ¿quién es el Tribunal Supremo para suspender la ejecución de una ley? Parece una decisión caprichosa. Aunque conociendo quién es el magistrado ponente las cosas se van aclarando. Se trata de Narváez, que fue magistrado del Tribunal Constitucional a propuesta del PP. Se sabe también que en un encuentro de fiscales con Feijóo, presidente del PP, en 2023, el magistrado Narváez le mostró su deseo de que el PP alcanzara el gobierno y, además, alertó sobre los pactos del Partido Socialista de Euskadi con los que denominaba “Filoetarras” de Bildu.
Las preguntas que hay que trasladarle a la señora Perelló, presidenta del CGPJ y del TS, son las siguientes: 1.- ¿Considera usted, señora presidenta, que un magistrado con este prisma ideológico, esta forma de ser y pensar, es el árbitro más independiente para ser ponente de la resolución sobre la suspensión cautelar o no del derecho al voto de los españoles que han obtenido la nacionalidad en virtud de la Ley de Memoria Democrática, es decir, los nietos de quienes tuvieron que exiliarse por ser disidentes del régimen franquista a quienes se les privó de la nacionalidad española?. 2.- ¿Ser magistrado ponente de una resolución judicial quién, por sus convicciones ideológicas, filosóficas y políticas no garantiza la imparcialidad y la independencia adecuada, además de expresar cierta inquina hacia la formación política que ostenta el Gobierno de la nación, cree usted señora Perelló que no puede considerarse una manifestación de “lawfare”?
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